Modifican las medidas establecidas para la actividad ganadera en las áreas protegidas del país

Los titulares de predios pecuarios ubicados al interior de los puntos activos de deforestación tendrán hasta el 31 de diciembre de 2022 para retirar los bovinos y bufalinos de estos puntos activos de deforestación

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Colombia es un país donde se practica la ganadería extensiva. FOTO: ICA
Colombia es un país donde se practica la ganadería extensiva. FOTO: ICA

Con el fin de contribuir en la lucha contra la deforestación y al desarrollo de un campo legal, competitivo y productivo, el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) expidió la Resolución 14444 de 2022, por medio de la cual se modifican algunos apartes de la resolución que establece las medidas encaminadas a la cancelación del Registro Sanitario de Predio Pecuario- RSPP de los predios que desarrollen su actividad ganadera de bovinos y bufalinos, dentro de las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales y Parques Naturales Regionales del país.

Estas modificaciones se hicieron teniendo en cuenta el resultado de las mesas de trabajo interinstitucionales adelantadas en diferentes regiones del país, con la participación de comunidades y organizaciones campesinas, la Procuraduría General de la Nación, Parques Nacionales Naturales, Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y el ICA, las cuales han sido fundamentales en la concertación del plazo para la implementación de las medidas tendientes a la cancelación de Registros Sanitarios de Predios Pecuarios- RSPP en estas áreas protegidas.

Con esta resolución, el ámbito de aplicación de las medidas adoptadas estarán dirigidas de manera prioritaria sobre los puntos activos de deforestación al interior de estas áreas.

A su vez, los titulares de predios pecuarios ubicados al interior de los puntos activos de deforestación tendrán hasta el 31 de diciembre de 2022, para retirar los bovinos y bufalinos de estos puntos activos de deforestación, tiempo durante el cual el Instituto seguirá generando las respectivas Guías Sanitarias de Movilización Interna- GSMI, para la salida de los animales por fuera de estas áreas o a una planta de beneficio autorizada por el Invima.

Entre tanto, las autoridades ambientales continuarán trabajando en la suscripción de los acuerdos de conservación con la población campesina vulnerable al interior de las áreas protegidas del Sistema de Parques Nacionales Naturales y Parques Naturales Regionales, acorde con los lineamientos legales establecidos. Estos le serán comunicados al Instituto, con el propósito de validar la procedencia o no de las actuaciones administrativas tendientes a la cancelación de los RSPP, una vez superado el plazo de implementación establecido (31 diciembre de 2022).

De acuerdo con el ICA, los predios pecuarios que no se encuentren ubicados dentro de los puntos activos de deforestación al interior de las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales y Parques Naturales Regionales en el territorio nacional, serán objeto de vacunación contra fiebre aftosa y brucelosis bovina en los ciclos oficiales establecidos, y no estarán sujetos a la cancelación de los Registros Sanitarios de Predio Pecuario- RSPP.

¿Qué es el Sistema Nacional de Áreas Protegidas?

El Sistema Nacional de áreas Protegidas es el conjunto de áreas protegidas, actores sociales y estrategias e instrumentos de gestión que las articulan, para contribuir como un todo al cumplimiento de los objetivos de conservación del país. Incluye todas las áreas protegidas de gobernanza pública, privada o comunitaria, y del ámbito de gestión nacional, regional o local.

Colombia suscribió el convenio de Diversidad Biológica a través de la Ley 165 de 1994, con base en la cual se formuló la Política Nacional de Biodiversidad y se adquirió el compromiso de conformar y consolidar un Sistema Nacional de Áreas Protegidas – SINAP.

Colombia es uno de los cinco países con mayor diversidad biológica a nivel internacional y como parte del Convenio de Diversidad Biológica se encuentra comprometida en establecer y mantener al año 2010 para las zonas terrestres y al año 2012 para las marinas, sistemas nacionales y regionales de áreas protegidas completos, eficazmente gestionados y ecológicamente representativos que contribuyan al logro de los objetivos del Convenio.”

¿Cuáles son las funciones de Parques Nacionales en relación con el SINAP?

- Administrar las áreas protegidas del Sistema de Parques Nacionales Naturales en las categorías de Parque Nacional Natural -PNN- Santuario de Fauna y Flora -SFF-, Área Natural Única -ANU-, Reserva Nacional Natural -RNN- y Vía Parque.

- Contribuir a la conformación y consolidación del Sistema Nacional de Áreas Protegidas.

- Coordinar e implementar políticas, planes, programas, normas y procedimientos relacionados con el Sistema Nacional de Áreas.

Categorías de áreas protegidas

Parque Nacional: área de extensión que permita su autorregulación ecológica y cuyos ecosistemas en general no han sido alterados substancialmente por la explotación u ocupación humana, y donde las especies vegetales de animales, complejos geomorfológicos y manifestaciones históricas o culturales tienen valor científico, educativo, estético y recreativo nacional y para su perpetuación se somete a un régimen adecuado de manejo.

Reserva Natural: área en la cual existen condiciones primitivas de flora, fauna y gea, y está destinada a la conservación, investigación y estudio de sus riquezas naturales.

Área Natural Única: área que, por poseer condiciones especiales de flora o gea es un escenario natural raro.

Santuario de Flora: área dedicada a preservar especies o comunidades vegetales para conservar recursos genéticos de la flora nacional.

Santuario de Fauna: área dedicada a preservar especies o comunidades de animales silvestres, para conservar recursos genéticos de la fauna nacional.

Vía Parque: Faja de terreno con carretera, que posee bellezas panorámicas singulares o valores naturales o culturales, conservada para fines de educación y esparcimiento.

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