Dian advierte sobre correos falsos de supuesto pago de impuestos: le decimos cómo identificarlos

La autoridad tributaria, aduanera y cambiaria recomienda a los ciudadanos prestar atención a los mensajes provenientes del buzón

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Foto de archivo. Dian advierte sobre correos falsos similares a los de la entidad. (REUTERS/Luisa González)
Foto de archivo. Dian advierte sobre correos falsos similares a los de la entidad. (REUTERS/Luisa González)

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, informa que está llegando a la ciudadanía y a los contribuyentes correos electrónicos falsos con el fin de solicitar el pago de supuestas obligaciones pendientes con la entidad.

La autoridad tributaria, aduanera y cambiaria recomienda a los ciudadanos prestar atención a los mensajes provenientes del buzón: info@dian-gov.co, desde el cual inescrupulosos buscan obtener datos bancarios para efectuar transacciones en nombre de los afectados.

La DIAN reiteradamente ha informado que los canales oficiales para la realización de operaciones transaccionales son el portal institucional www.dian.gov.co o a través de la App DIAN, la cual puede descargar a través de IOS o Play Store.

Los ciudadanos que requieran realizar sus trámites también podrán hacerlo con los agentes de servicio en los puntos de contacto de manera presencial o virtual, solicitando su cita a través del siguiente enlace: https://agendamientodigiturno.dian.gov.co/ o solicitar asistencia telefónica en el contact center. Las líneas son: 601 307 8064 para atención de Impuestos y 601 307 8065 para atención de Aduanas.

Es importante que no se deje engañar, todos los trámites o consultas ante la DIAN pueden realizarse en los canales oficiales sin costo alguno.

Ante estos hechos, denuncie ante el CAI virtual de la Policía Nacional https://caivirtual.policia.gov.co/ o en el PQRS de la DIAN https://www.dian.gov.co/atencionciudadano/contactenos/Paginas/PqrsDenuncias.aspx

Fechas claves para la declaración de Renta

De acuerdo con el calendario tributario de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) a partir del 9 de agosto de 2022 inician los vencimientos de la presentación y pago de la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios para personas naturales de la vigencia 2021. La fecha límite es el próximo 19 de octubre.

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Según la DIAN, las personas naturales que no están obligadas a declarar renta son los empleados colombianos que no sean responsables del impuesto a las ventas (IVA), cuyos ingresos provengan en un 80 % de los pagos por su trabajo, y siempre y cuando no cumplan con algunos de los topes establecidos por la entidad como que el “patrimonio bruto al término del año gravable 2021 sea igual o superior a $163.386.000 o que los ingresos totales del respectivo ejercicio gravable sean iguales o superiores a $50.831.000″.

Las nuevas casillas prediligenciadas en el documento sugerido

La declaración sugerida de Renta se vale de la información reportada por terceros, y en esta oportunidad, sugiere datos para las siguientes casillas:

Lea la nota completa aquí: Declaración de renta: DIAN anunció que vendrán más casillas prediligenciadas en el documento sugerido

•Patrimonio bruto

•Deudas

•Cédula general: Ingresos brutos por rentas de trabajo, ingresos brutos por rentas de trabajo de capital, ingresos brutos por rentas no laborales, ingresos no constitutivos en rentas de trabajo, rentas de capital y rentas no laborales, aportes voluntarios AFC, FVP y/o AVC en rentas de trabajo, rentas de capital y rentas no laborales y otras rentas exentas por rentas de trabajo

•Cédula ingresos brutos por rentas de pensiones del país y del exterior

•Cédula de dividendos y participaciones

•Cédula de ganancias ocasionales: Ingresos por ganancias ocasionales en el país y en el exterior

•Anticipo renta líquida año anterior

•Saldo a favor del año gravable anterior

•Retenciones año gravable a declarar

Vale la pena recordar que la información sugerida por la entidad puede ser editada por el contribuyente, en caso de que así lo requiera, teniendo en cuenta que, cada persona conoce la realidad jurídica, económica y financiera que debe declarar, por lo que puede adicionarse, editarse o eliminarse información según corresponda.

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