Agencia Nacional de Minería estaría aceptando solicitudes de títulos mineros en zonas protegidas

Aunque estas áreas deben estar registradas en el RUNAP (Registro Único de Áreas Protegidas), la Agencia Nacional de Minería mantiene desactualizada su cartografía, y da continuidad al licenciamiento sobre territorios que no deberían, según disposición de los artículos 34 y 35 del Código Nacional de Minería

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Bocatoma de agua de Río
Bocatoma de agua de Río Quindio.

El caso más reciente involucra la cuenca del río La Vieja. Durante una sesión del Consejo de Cuenca realizada el viernes 29 de julio pasado a la que Infobae Colombia asistió, se pudo evidenciar que los mapas de títulos y solicitudes que presenta la ANM están superpuestos sobre las áreas protegidas de esta región, que además hace parte del Paisaje Cultural Cafetero (PCCC).

Ante la sorpresa y el reclamo de los asistentes, la explicación ofrecida por los funcionarios de la ANM fue que la información actualizada no ha sido cargada en el RUNAP, situación que fue motivo para que se encendieran de nuevo las alarmas de la comunidad.

No es para menos, 53 de 59 solicitudes se han radicado luego de la aprobación del POMCA (Plan de Ordenación y Manejo de la Cuenca Hidrográfica) aprobado en 2008 y 27 solicitudes más han sido recibidas por la ANM tras la aprobación del POMCA de 2018. Esto indicaría que la pretensión es la de explorar y luego explotar un total de 56,532 hectáreas, lo que equivale al 31 % del territorio quindiano.

Pero la situación se hace más preocupante cuando se traslada a todo el territorio del PCCC, donde se han realizado 135 solicitudes que suman 79.112 hectáreas, 50 % de estas radicadas con posterioridad a la aprobación del POMCA de 2018.

“Los distritos regionales de manejo integrado son restrictivos dependiendo de su zonificación. En caso de que no se superponga con área de exclusión, no se denomina excluible, a menos que esté determinado por la corporación ambiental competente, es decir, que hasta que no sea declarado por la autoridad ambiental como una zona en donde no se pueden otorgar títulos, nosotros no podemos negarle a un solicitante el derecho de otorgamiento de un título acá”, explicó durante la sesión del Consejo de cuenca del río La vieja, la ingeniera ambiental de la Agencia Nacional de Minería Laura Marcela Arango.

Muy al contrario piensa el secretario del consejo de Cuenca del río La Vieja, Luis Alberto Vargas Ballén, pues para él, no solo las actividades de las Corporaciones Autónomas Regionales son cuestionables, sino que ahora se suma la falta de coordinación entre las entidades del orden nacional como la ANM.

“Cualquier solicitud aceptada implica un riesgo para nuestro territorio, pues le genera un derecho adquirido al solicitante. Igual sucede con los títulos otorgados, los cuales se están explotando y es evidente que estas áreas se sobreponen a las zonas ambientalmente protegidas, en especial con la Zona Forestal Central creada por la Ley 2da de 1959, que cubre toda la cordillera central y que protege a los departamentos de Quindío y Tolima, donde más títulos mineros se han otorgado”.

De la misma manera parece que ocurre con el Parque Nacional Natural de los Nevados, territorio sobre el cual existe el título minero GLN 094. Eduar Alberto Ríos Guarín, analista de sistemas de información geográfica en la Agencia Nacional de Minería, explica que se trata de un contrato que debe ejercerse fuera de las zonas de páramo, en tal caso el título puede existir, pero al final, su ejecución dependerá del visto bueno de la ANLA, lo que que desde su perspectiva resulta improbable, ya que “para que el título minero cuente con la licencia ambiental se deben presentar estudios técnicos exigibles para licenciamiento ambiental”.

Mapa de los títulos y
Mapa de los títulos y solicitudes vigentes de la Cuenca río La Vieja
Mapa títulos y solicitudes mineras
Mapa títulos y solicitudes mineras paisaje cultural cafetero

La responsabilidad de las Corporaciones Autónomas Regionales

“Aquellas áreas que son de carácter excluible, que están cargadas en el geo visor de la Agencia Nacional de Minería bajo resolución de declaratoria, son las que no permiten radicar propuestas de contrato. Por lo general, cuando vamos a hacer una declaratoria de un área de reserva especial, que excluye el área de minería, hacemos mesas de trabajo con el Ministerio de Ambiente, entonces obviamente, se puede hacer una reunión con la Corporación Autónoma para el cruce de información. Pero nosotros no podemos descartar solicitudes y devolverlas de oficio, porque no tenemos el área protegida como una reserva declarada excluible de la minería”, explica Arango.

Pese a lo anterior, en cuanto a la Cuenca del río La Vieja y otras zonas del Quindío y del PCCC, la situación parece ser diferente, pues ha sido evidente, según lo presentado en la reunión, que la ANM si ha aceptado la radicación de solicitudes de títulos mineros en las zonas protegidas porque en su sistema no se encuentra cargada la cartografía del POMCA que debía ser suministrada por las Corporaciones Autónomas Regionales, en este caso en particular de la Corporación Regional del Quindío (CRQ), la CARDER y la CVC.

Para el ingeniero Forestal Orlando Martínez Arenas de la CRQ, esto es sorpresivo, pues la presencia de tal número de solicitudes y títulos en zonas protegidas no tiene explicación y asegura que una vez aprobado el POMCA, desde la entidad procedieron a cargar la cartografía de las zonas protegidas al RUNAP.

Mapa zona de reserva forestal
Mapa zona de reserva forestal Parque Nacional Natural de los Nevados

“La CRQ dice que sí las cargó y lo cierto es que en la ANM se recibieron las solicitudes, se radicaron y se están tramitando. Entre tanto se ponen de acuerdo en sus responsabilidades, la realidad es que en los mapas se continúa reflejando el riesgo de explotación minera en nuestro territorio”, señala Vargas Ballén.

Pero como si no fuera poco, la ANM ha informado que antes de proceder de esta forma ha realizado reuniones y suscrito actas de concertación con los alcaldes municipales, ante lo cual la ingeniera industrial, docente de la Universidad del Valle y consejera de cuenca, Alexandra Chaverra Lasso, manifestó su preocupación por dichas actas, pues la mayoría se hicieron sin previamente haber consultado a la comunidad y sin considerar las determinantes ambientales que se encuentran en los planes de ordenamiento territorial, pasando por alto a las corporaciones autónomas regionales y dejando como resultado que todo el territorio de la Ciudad de Cartago haya quedado habilitado para la explotación minera con una acta suscrita en 2017.

Así, mientras la ANM parece no poder rechazar la solicitud y radicación de dichas áreas porque no aparecen registradas en su cartografía y no se observan en su geo visor, en vilo está la protección de las áreas naturales del Paisaje Cultural Cafetero y del POMCA del Río La Vieja, ya que mientras se realizan todos los estudios para definir la declaratoria de zonas protegidas a través de mesas de trabajo entre las Corporaciones Autónomas Regionales, el Ministerio de Ambiente y la Agencia Nacional de Minería, la Cuenca del Río La Vieja y otras zonas de la región no estarán excluidas de las explotación minería en su totalidad.

Paisaje cultural cafetero
Paisaje cultural cafetero

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