Condenan al exgobernador del Chocó Julio Ibargüen por celebración irregular de contratos

El político habría buscado favorecer a terceros cuando tenía las riendas del departamento del pacífico

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EXGOBERNADOR DEL CHOCÓ, JULIO IBARGÜEN
EXGOBERNADOR DEL CHOCÓ, JULIO IBARGÜEN - (JUAN MANUEL BARRERO-COLPRENSA)

En las últimas horas se conoció que la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó al exgobernador del Chocó Julio Ibarguen Mosquera, en este caso, Ibarguen fue imputado por irregularidades halladas en la celebración de contratos que terminaban favoreciendo a terceros.

El caso se remite a la celebración de un contrato que relacionaba a la Empresa de Licores del departamento y el Consorcio Chocó Pacífico. El contrato número 2865 del 11 de septiembre de 1998, determinaba diversos aspectos respecto la comercialización y venta de licores destilados dentro del perímetro chocoano y a nivel nacional, de manera exclusiva.

La condena es de 5 años y nueve meses de prisión, además de una multa de 116.64 Salarios Mínimos Legales Vigentes (SMLV) para la época en que sucedieron los hechos, además, fue inhabilitado para ejercer cargos públicos durante 70 meses y 12 días.

La sentencia de la Sala Especial señala:

“DECLARAR a JULIO IBARGUEN MOSQUERA, de condiciones civiles y personales referidas en ese fallo, Exgobernador del Departamento de Chocó, como autor responsable de los delitos de interés indebido en la celebración de contratos y cohecho propio, en concurso heterogéneo, por los cargos relacionados con el contrato n.° 2865 de septiembre 11 de 1998; en consecuencia, CONDENARLO a la pena principal de 69 meses de prisión, multa de 116.64 salarios mínimos legales mensuales vigentes para la época de los hechos, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 70 meses y 12 días, con fundamento en las consideraciones de esta sentencia”.

El alto tribunal argumentó que el exgobernador tenía todas las facultades para poder intervenir y tomar decisión sobre los procesos de contratación, no obstante, presuntamente al este tener un interés particular en el caso, pasó por alto las irregularidades. De igual forma, se destaca que dentro del proceso de investigación se halló una propiedad a nombre de Olmes Durán Ibarguen, no obstante, esta no fue justificada por el imputado.

“Ciertamente, el marco jurídico que regula la delegación de la función contractual, permite establecer que por razón de su cargo de Gobernador de Chocó, JULIO IBARGUEN MOSQUERA estaba facultado para intervenir en el proceso de contratación del Departamento Administrativo de Salud y Seguridad Pública de Chocó, sin embargo, la posible existencia de un interés indebido en provecho propio y de un tercero en los doce contratos que integraron la lista hallada en un inmueble de propiedad de Olmes Durán Ibargüen, no encuentra demostración”.

La relación entre el exgobernador y Olmes Durán es notoria dentro del documento de la Corte. Cabe resaltar que Olmes Durán Ibarguen se destaca como uno de los más reconocidos “narcopadrinos” del pacifico”, este ya ha sido procesado por las autoridades.

De igual forma, se encontró una promesa económica que relacionan al político con Durán:

“En cuanto a la conducta referida a que el acusado se interesó indebidamente en provecho propio o de un tercero en la prórroga del contrato, valorado en conjunto el material probatorio la Sala llega al convencimiento que realizó esa conducta con el propósito de beneficiar a la empresa contratista y, así mismo, al aceptar la promesa del pago de una suma de dinero de parte de su propietario Olmes Durán Ibargüen”

Otra condena en mayo del 2022

La Sala Especial de Primera Instancia de Corte Suprema de Justicia también condenó a Julio Ibargüen Mosquera, exgobernador del departamento del Chocó, a 8 años y 3 meses de prisión, luego de encontrarlo culpable del delito de peculado por apropiación en favor de terceros.

Además, se le impuso a Ibargüen una multa de 80,7 salarios mínimos legales mensuales vigentes y fue inhabilitado para ejercer cargos públicos en lo que dure su pena privativa de la libertad.

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