Cambios en el pico y placa en Cali, así funcionará entre agosto y diciembre

La Alcaldía de Cali ya emitió el decreto con el que se establecen las condiciones de la restricción de movilidad. El pico y placa iniciará el próximo 1 de agosto

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La Alcaldía de Cali ya emitió el decreto con el que se establecen las condiciones de la restricción de movilidad. El pico y placa iniciará el próximo 1 de agosto. Foto: Alcaldía de Cali

La Alcaldía de Cali emitió el decreto con el que se estableció el modo en que operará el pico y placa en la ciudad, desde agosto y hasta diciembre de este año.

A través del decreto 0530 del 29 de julio de 2022, “se adoptan las medidas de carácter temporal para el mejor ordenamiento del transito de vehículos automotores por las vías públicas y privadas abiertas al público en el distrito especial, deportivo, cultural, turístico, empresarial y de servicios de Santiago de Cali y de dictan otras disposiciones”.

De acuerdo con el documento firmado por el alcalde Jorge Iván Ospina, a parti del 1 de agosto y hasta el 31 de diciembre de 2022, se implementa la restricción de circulación, es decir el pico y placa, para vehículos de servicio oficial y particular de toda clase.

El pico y placa en Cali estará vigente entre las 6:00 a. m. y las 8:00 p. m. de lunes a viernes. Esta medida rige de acuerdo con el último número de la placa del vehículo de la siguiente manera:

-Lunes: placas terminadas en 5 y 6

-Martes: placas terminadas en 7 y 8

-Miércoles: placas terminadas en 9 y 0

-Jueves: placas terminadas en 1 y 2

-Viernes: placas terminadas en 3 y 4

El decreto establece que esta medida aplica también para los automotores que ingresan o salen del perímetro urbano de la capital del Valle del Cauca.

Excepciones del pico y placa en Cali

Como en otras ciudad, en la capital vallecaucana también se tienen contempladas varias excepciones a esta restricción.

La medida no aplica para los vehículos híbridos y eléctricos parametrizados por tipo de combustible eléctrico, gasolina/eléctrico o diésel/eléctrico.

Tampoco tiene vigencia para los automotores de carga con capacidad mayor o igual a cinco toneladas según su licencia de tránsito.

En este grupo también están los vehículos de la Alcaldía de Cali asignados a la prestación de servicios en los organismos de la administración central a cargo de los departamentos administrativos, secretarías, unidades administrativas especiales de gestión y en las entidades descentralizadas o adscritas.

La restricción no aplica para vehículos acreditados conforme con los requerimientos establecidos en el Decreto 4112.010.20.497 del 1 de julio de 2021 y los demás actos administrativos que lo adicionen o modifiquen, de acuerdo con la vigencia de la excepción otorgada.

Así mismo, podrán tener excepción quienes paguen la tasa por congestión o contaminación establecida en el Acuerdo Municipal 0401 de 2016. Por último, el pico y placa en Cali no aplica para motocicletas.

Otras disposiciones del decreto

En el documento además se estableció que queda totalmente prohibido que las motocicletas circulen con parrillero menor de diez años en toda la ciudad, esta disposición tiene vigencia hasta el 15 de enero de 2023.

Así mismo, se determino que no se permitirá la circulación de motocicletas los días jueves, viernes, sábado y domingo, entre la 1:00 a. m. y las 5:00 a. m. Esta medida también estará vigente hasta el 15 de enero de 2023.

Aunque no acatar lo establecido en el decreto 0530 del 29 de julio de 2022 genera sanciones, la Alcaldía de Cali informó que entre el 1 y el 12 de agosto se realizará pedagogía sobre las restricciones, por lo que no se aplicarán las multas correspondientes por el incumplimiento.

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