Ordenan la libertad de Lucy Luna, esposa del exsenador Iván Moreno, vinculada al carrusel de la contratación

La Corte Suprema de Justicia decretó la prescripción de la acción penal y canceló la orden de captura en su contra pero dejó claro que Luna sí fue cómplice de los hechos que desataron el proceso

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La Corte Suprema de Justicia decretó la prescripción de la acción penal pero dejó claro que Luna sí fue cómplice de los hechos que desataron el proceso. Foto: Colprensa / Luisa González.
La Corte Suprema de Justicia decretó la prescripción de la acción penal pero dejó claro que Luna sí fue cómplice de los hechos que desataron el proceso. Foto: Colprensa / Luisa González.

La Corte Suprema de Justicia tumbó la condena contra Lucy Luna, esposa del exsenador Iván Moreno señalada en el escándalo de corrupción denominado Carrusel de la Contratación.

De acuerdo con la decisión que tomó la alta corporación, la empresaria que fue señalada y condenada a más de ocho años de cárcel, no tendrá que ir a prisión. Lo anterior, debido a un error en medio del proceso penal que llevó a la prescripción.

Según lo que argumentó la Corte Suprema de Justicia, el delito por el que fue condenada Lucy Luna no fue correcto y eso desató todo un embrollo relacionado con fechas y plazos para cumplir la pena, que finalmente llevó a que esta se prescribiera.

La Corte explicó que el 22 de septiembre de 2021 el Tribunal Superior de Bogotá profirió una sentencia mediante la cual revocó la sentencia absolutoria del juzgado Sexto Penal del Circuito y en su lugar condenó a la acusada por primera vez como coautora interviniente del delito de concusión.

Por ese delito, Lucy Luna tendría que haber purgado una pena cercana a los ocho años de cárcel. Sin embargo, la alta corporación aseguró que existe el conocimiento para establecer que la señalada por el Carrusel de la Contratación actuó como cómplice, no como interviniente en el delito de concusión.

La pena por ser cómplice, es menor a la que se había establecido cuando fue señalada como interviniente, según señaló la Corte.

“Desde ese punto de vista, como el delito de concusión prevé una pena entre 90 y 180 meses de prisión y el cómplice incurre en la pena del autor disminuida de la sexta parte a la mitas, los extremos punitivos se ubican entre 15 y 90 meses de prisión. Eso significa que la acción penal prescribió antes de dictarse la sentencia de segunda instancia”, explicó la Corte Suprema de Justicia.

La corporación detalló que la acción penal prescribe en un término igual al de la pena máxima señalada en la ley para el cómplice, más el incremento de la mitad por haberse iniciado la conducta en el exterior, la sentencia de segunda instancia se debía dictar 67 meses y 15 después, considerando que el término de prescripción desde la imputación se reduce a la mitad.

Lo anterior quiere decir que el proceso penal que cursaba contra la empresaria Lucy Luna tenía prescripción desde el 14 de diciembre del 2018.

<u><b>Por qué fue señalada Lucy Luna</b></u>

De acuerdo con la investigación que adelantó la Fiscalía General de la Nación en su momento, la esposa del exsenador Iván Moreno, presionó a los Nule para que le cedieran un espació en la vía Bogotá - Girardot, con el fin de ubicar dos estaciones de servicio.

“La Fiscalía demostró que la hoy condenada, entre otras actividades, visitó la sede de la Concesión Autopista Bogotá Girardot S. A., donde constriñó a Miguel Eduardo Nule Velilla a que le entregara, a la empresa que ella designara, dos áreas de libres de disposición en la vía Bogotá-Girardot para construir dos estaciones de servicio”, aseguró en su momento el ente investigador.

De acuerdo con este órgano, la empresaria habría amenazado al Grupo Nule de no favorecerlos en futuros proyectos urbanísticos de no cumplir con sus pretensiones. En esos mismos hechos habría intervenido el esposo de Luna, el exsenador Iván Moreno Rojas.

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