Fallo que obliga al director de Matarife a rectificar afirmaciones contra Álvaro Uribe no vulnera la libertad de prensa, asegura la Flip

Daniel Mendoza deberá rectificar los señalamientos que hizo sobre presuntos vínculos del expresidente con narcotráfico y paramilitarismo, entre otros delitos, ya que, según indica la Corte Constitucional, afectan la honra y buen nombre del líder del Centro Democrático

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Álvaro Uribe y Daniel Mendoza.
Álvaro Uribe y Daniel Mendoza. Imágenes tomadas de Colprensa

Matarife: es el termino empleado para los trabajadores que tienen como oficio matar y descuartizar ganado para consumo, también fue el titulo de la polémica serie web realizada por el periodista y abogado Daniel Mendoza, quien en el 2020 estrenó “Matarife: Un genocida innombrable”, donde a partir de episodios de una duración aproximada de 5 minutos y distribuida por redes digitales, describiría los presuntos nexos que habría estado generando Álvaro Uribe Vélez.

Al respecto el expresidente, exsenador y líder del Centro Democrático puso una tutela bajo el recurso de amparo, donde pretendía que el creador de la serie se rectificara de sus afirmaciones y que fuera detenida su distribución en la plataformas digitales, donde se adelanta su tercera temporada. Sobre esto la Corte Constitucional indicó:

“Daniel Mendoza Leal tiene el deber de rectificar en condiciones de equidad. El señor Daniel Mendoza Leal está en la obligación de rectificar la información publicada en redes sociales y en la serie “Matarife: Un genocida innombrable” que, conforme a la parte motiva de esta sentencia, no satisface los principios de veracidad e imparcialidad”.

Sobre el asunto se originaron varias posiciones divididas, tanto las que señalaban como que se estaba incurriendo en una violación a la libertad de expresión, como el sector que indicaron que el de los derechos vulnerados era Uribe, por lo cual no solo se debía rectificar sino sacar de emisión la serie que señala los presuntos vínculos con el hampa del Jefe de Estado que dirigió el país entre 2002 y 2010.

La Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP), se comunicó al respecto y apoyó la decisión tomada por la Corte ya que “no ordenó la eliminación de la serie en su totalidad sino se limita a la rectificación concreta de las afirmaciones indicadas por Uribe y ponderadas en el proceso”.

“Uribe es el más despiadado genocida de Latinoamérica. Para poderlo afirmar hay que ser penalista. No es una exageración. El Aparato Organizado de Poder de Matarife en Colombia durante 30 años no ha dejado de producir cadáveres. Eso lo enseña la serie”, es una de las frases de las cuales se tiene que rectificar el abogado y periodista Mendoza, quien desde un inició habría mencionado que toda la información de ‘Matarife’ fue recolectada en sus diversos informes periodísticos y literarios.

De igual manera deberá rectificar señalamientos de presuntas responsabilidades en magnicidios como los de el exministro de Justicia Lara Bonilla, Alfonso Cano exdirector del Espectador o del periodista y humorista Jaime Garzón.

Por su parte la Corte Constitucional recordó: “las cargas, deberes y responsabilidades de las publicaciones digitales son igualmente aplicables a las de las que transmiten los medios de comunicación tradicionales”.

A su vez indicó la FLIP que no se requiere una sentencia penal para informar sobre las posibles conductas delictivas de funcionarios públicos y sobre las expresiones que muchos señalaron de sesgo del periodista Mendoza en su serie digital: “Algunas veces, acuden a expresiones retóricas con lenguaje ofensivo para expresar su opinión sobre los hechos investigados, estas expresiones están cubiertas por la libertad de expresión”.

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