El pasado 21 de julio la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) revocó el beneficio provisional de libertad otorgado al general (r) Jesús Armando Arias Cabrales:
“Lo anterior, porque pasados dos años desde la concesión de la libertad no ha cumplido con sus obligaciones ante el Sistema Integral de Paz, pues no atendió el llamado que en dos oportunidades le realizara la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad y tampoco ha presentado el documento contentivo de su aporte a la verdad exigido por la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas”, explicó la justicia de paz.
Para la JEP, las omisiones de Arias Cabrales evidencian un incumplimiento grave de sus compromisos para la construcción de una paz estable y duradera. En 2014 la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá condenó al general (r) a 35 años de prisión como coautor del delito de desaparición forzada de varias personas ocurrida durante los días 6 y 7 de noviembre de 1985 en lo que se conoce como la toma y retoma del Palacio de Justicia.
Días después de conocerse la decisión de la JEP, el abogado de las víctimas del Palacio de Justicia, Eduardo Carreño Wilches, se refirió sobre la suspensión del beneficio de libertad transitoria a Arias Cabrales.
“Para nosotros es una decisión muy importante en temas de administración de justicia en este caso, el reconocer que el general no ha tenido ninguna voluntad ni disposición para cumplir con los compromisos mínimos del proceso”, afirmó el abogado defensor.
Carreño Wilches, que hace parte del Colectivos de Abogados José Alvear (Cajar), resaltó este 28 de julio que para las víctimas es muy importante que Arias Cabrales “devele cómo se tomaron las decisiones para quitar la seguridad pública que tenía el Palacio y garantizar una emboscada al M19 al entrar. Debe responder cómo y quiénes tenían la vigilancia privada, porque el Palacio estaba lleno de informantes y agentes de inteligencia del Estado y había acuartelamiento de primer grado en Bogotá”, sentenció.
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Una vez conocida su suerte judicial en la JEP, Arias Cabrales apeló la decisión, pero se espera que la Sección de Revisión tenga en cuenta la decisión de la Sección de Apelaciones para cerrar definitivamente la posibilidad de una revisión de la sentencia de Arias Cabrales.
Para el abogado de las víctimas, el general del Ejército Nacional también debe informar quién de la Embajada de Estados Unidos suministró los radios de comunicaciones y por qué se hizo tan rápido, lo que no se ha visto en otras oportunidades.
“Cómo se traen de Estados Unidos los explosivos para dinamitar las placas del baño, quiénes de los Estados Unidos vinieron a ejecutar esa operación al Palacio, y qué heridos y muertos se causaron en los baños del 3 y 4 piso donde se dinamitan las placas, porque esas muertes están reportadas”, aseguró Carreño Wilches.
Pero el defensor fue más allá y dijo que, “de la misma manera, explicarnos cómo y quién ordenó y ejecutó incinerar los cuerpos de los magistrados y demás personas que murieron, y por qué se ordenó revolver todos los restos óseos de las personas que estaban allí para evitar su identificación”.
Para el momento de la toma del Palacio de Justicia por parte del M-19, esta era la línea de mando de la época en las Fuerzas militares.
El comandante en jefe de la Fuerzas Militares era el presidente Belisario Betancourt, el Ministro de Defensa era el General Miguel Vega Uribe, el comandante del Ejército era el general Rafael Samudio Molina, el comandante de la Brigada 13, General Jesús Armando Arias Cabrales quien tenía a su disposición el DAS, en cabeza del general Miguel Maza Márquez, y a la Policía, que estaba bajo el mando del general Víctor Alberto Delgado Mallarino. “Ellos deben responder por todas las unidades operativas comprometidas en este operativo”, finalizó el abogado Eduardo Carreño Wilches.
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