Bajo la ponencia del magistrado Javier Tobo Rodríguez, desde el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, se condenó en segunda instancia al Instituto de Infraestructura y Concesiones de Cundinamarca (ICCU) y al departamento, entre otras entidades, a reparar a los familiares de un hombre que, en el año 2018, cayó en una alcantarilla. Aquel ciudadano, tras el accidente, quedó cuadripléjico y falleció ocho años después de ello. La nación, ahora, tendrá que indemnizar a la hija, nieta y hermano de la víctima luego que se demostrara que se incurrió perjuicios morales y el lucro cesante.
El expediente relata que un hombre se encontraba esperando a un familiar en la parada de un bus intermunicipal, en la vía Panamericana, cuando escuchó los quejidos de una persona dentro de una alcantarilla que se encontraba a su lado. Al percatarse de los ruidos, se dio cuenta de que había alguien allí tirado boca arriba. Esto ocurrió el 6 de agosto de 2010. Quien se encontraba dentro de aquel espacio, un drenaje de 3x3 metros, no podía moverse. Así mismo, es de resaltar, no había ninguna señalización que diera a entender la existencia de aquel agujero.
“Me senté en el cabezote de la alcantarilla a descansar ahí mientras llegaba el bus con mi familiar, cuando oí un ronquido miré al alrededor pero yo no veía a nadie, otros cinco minutos pasaron y otro ronquido y yo miré a los lados para saber quién me está asustando, yo no vi a nadie (...) volteé a mirar cuando lo vi allá, estaba así tirado allá boca arriba”, comentó el testigo en medio de sus declaraciones ante el Tribunal.
“Entonces, yo lo miré pero no lo reconocí en el momento, me fui a la alcaldía que es ahí cerquitica, a 50 o 70 metros, y avisé al concejo, que estaban ahí reunidos, y ya fueron todos, y tomaron sus atribuciones para sacarlo con los del puesto de salud, y hasta ahí es todo lo que sé. Yo estaba ahí aproximadamente entre las 8 y 8:30 de la mañana”, añadió en su intervención a las autoridades.
La víctima, según relató después, había pasado la noche entera allí luego de caerse mientras se encontraba camino a su casa. Del golpe, el hombre había perdido el conocimiento. Tras ser hallado, fue auxiliado y llevado hasta un centro médico.
El tribunal le reconoció a la familia de la victima de los hechos la suma de $123′096.865 pesos. Es de resaltar que el hombre fue hospitalizado en varias ocasiones por trauma raquimedular y politraumatismo. Luego fue internado al Hospital Simón Bolívar de Bogotá el 7 de agosto de 2010, en donde estuvo hasta febrero de 2011, a causa de su cuadriplejia. Según su historia clínica, “sufrió trauma raquimedular cervical que le causó cuadriplejia, tras caída de altura de aproximadamente dos metros. Por ende, para esta Corporación el daño antijurídico por el cual se demandó está demostrado”. Fue diagnosticado, además, con dolor neuropático, dermatitis seborreica, disautonomía vegetativa y estreñimiento crónico.
“Llamadas al fracaso, debido a que el demandante omitió soportar probatoriamente la falla del servicio atribuida a las entidades demandadas, aunado a que el daño fue causado por el actuar de la víctima que no tomó las precauciones requeridas, pese a que conocía la existencia de la alcantarilla por su tamaño y transitaba de manera frecuente por la zona”, se lee en una de las conclusiones de la autoridad encargada del caso.
“Tampoco resulta de recibo constituir la culpa exclusiva de la víctima con fundamento exclusivo en inferencias o elucubraciones sobre las causas de la caída, tales como que el cabezote de la alcantarilla solía ser empleado por los lugareños como sitio de espera del transporte público, ni apelando al conocimiento que el demandante tenía sobre la existencia de la alcantarilla por sus dimensiones y ser transeúnte habitual de la zona”, añade la decisión.
“Los anteriores elementos de convicción permiten establecer que el señor (...) sufrió una afectación moral grave, como quiera que por cuenta de la caída en la caja de encole ubicada en la entrada del municipio de Bituima perdió de forma irreversible la movilidad en todas sus extremidades, de modo que para esta Sala el daño se presenta en su máxima intensidad”, indicó la Sala que, por ello, autorizó una indemnización de 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes, es decir, $100 millones.
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