Excluir a las cooperativas de ahorro y crédito de asociar Mipymes niega el derecho a la inclusión financiera: Confecoop

Para Confecoop, la reglamentación del artículo 24 del proyecto de ley de emprendimiento desborda la facultad constitucional y reglamentaria que tiene el Gobierno nacional

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Las cooperativas de ahorro y crédito son principales aliadas de la industria familiar. FOTO: Confecoop
Las cooperativas de ahorro y crédito son principales aliadas de la industria familiar. FOTO: Confecoop

La Confederación de Cooperativas de Colombia (Confecoop) instó al Gobierno nacional para que en el proceso de reglamentación del proyecto de ley de emprendimiento, que está en discusión, acoja las observaciones técnicas, jurídicas y económicas hechas por esta entidad en reiteradas ocasiones.

Según la misma, con estas observaciones se busca detallar de manera cabal el contenido de la citada ley que abrió la posibilidad para que las micro, pequeña o mediana empresa (MiPymes) puedan asociarse en cooperativas, entre estas, las de ahorro y crédito, pues lo contrario, como pretende el proyecto en estudio, sería una clara discriminación y exclusión que, además de violar preceptos constitucionales y legales, afecta a las pequeñas y medianas empresas del país y al modelo cooperativo.

Desde Confecoop aseguran que el proyecto de reglamentación, que fue presentado para comentarios del público, extralimita la función reglamentaria, excluyendo sin fundamento jurídico alguno la posibilidad de que las cooperativas de ahorro y crédito asocien a las MiPymes del país.

Por esta razón, Confecoop reiteró su posición frente a este proyecto, mediante carta enviada el 5 de julio de 2022 al ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, y solicitó, como lo había hecho en comunicación fechada el 24 de noviembre de 2021, revisar la postura del Gobierno nacional y acoger la posición ampliamente sustentada que ha presentado el gremio.

Desborda la facultad constitucional

El presidente de Confecoop, Carlos Acero Sánchez, señaló que “tal y como está el proyecto de reglamentación del artículo 24, desborda la facultad constitucional y reglamentaria que tiene el Gobierno Nacional, pues el citado artículo es totalmente claro al señalar que las micro, pequeñas y medianas empresas pueden asociarse en cooperativas, sin que se haya hecho restricción o limitación alguna para las de ahorro y crédito”.

Acero Sánchez agregó que, “adicionalmente se están buscando requisitos que en realidad no existen en el texto legal objeto de reglamentación, pues de lo que se trata es de permitir el ingreso a las cooperativas de empresas micro, pequeñas y medianas que pueden resultar beneficiadas con esa asociación, debido a que podrán acceder a los créditos que aquellas otorgan a sus asociados en condiciones favorables, así como a los demás servicios de carácter social y solidario que contribuyen al logro de la finalidad perseguida por la Ley 2069 de 2020, por medio de la cual se impulsa el emprendimiento en Colombia, para estas empresas”, señaló el dirigente en la comunicación.

En la comunicación que Confecoop envió al MInisterio del Trabajo se considera, entre otras cosas, que la condición que establece el proyecto de decreto para que las micro, pequeñas y medianas empresas se asocien a una cooperativa (numeral 1º del artículo 2.2.8.4.4) deja ver que en realidad no deberían exigirse requisitos distintos a cumplir con su naturaleza de Mipyme.

También, que se deja ver que se están buscando requisitos que en realidad no existen en el texto legal objeto de reglamentación y que no deberían exigirse, pues de lo que se trata es de permitir el ingreso a las cooperativas de empresas micro, pequeñas y medianas que pueden resultar beneficiadas con esa asociación, debido a que podrán acceder a los créditos que aquellas otorgan a sus asociados en condiciones favorables, así como a los demás servicios de carácter social y solidario que contribuyen al logro de la finalidad perseguida por la Ley 2069 de 2020 para estas empresas.

“Resulta contradictorio que durante todo el proceso de discusión del proyecto de ley que derivó en la Ley 2069, se tuvo presente esta modificación como un mecanismo orientado a dar cumplimiento a la política pública de inclusión social, económica y financiera de las mipymes y que ahora, por virtud del reglamento se esté excluyendo de manera expresa dicha posibilidad. Asimismo, genera incertidumbre esta posición del proyecto de decreto, toda vez que el 29 de marzo último, el ministro de Hacienda radicó ante el Congreso de la República -con carácter de urgencia-” indicó Confecoop.

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