En horas de la mañana del sábado 16 de julio, la Armada de Colombia informó que brindaron apoyo y lograron controlar el incendio que se presentó a bordo de una embarcación tipo metrera, que se encontraba aproximadamente a 20 metros del barrio conocido como “El Lleras” en el estero San Antonio en la bahía interna de Buenaventura.
De acuerdo con información de las autoridades los tripulantes de una Unidad de Reacción Rápida (URR) pertenecientes a la Estación de Guardacostas de Buenaventura, que ejercían labores de control marítimo en el sector, atendieron la emergencia y verificaron que no se encontrarán personas afectadas en la embarcación o sus alrededores.
Una vez confirmado que no había víctimas en lugar de los hechos, se procedió a remolcar la embarcación para alejarla de la zona habitada y que no representara un peligro para la comunidad.
Posteriormente, dos unidades tipo Pilot de la Capitanía de Puerto de Buenaventura y una unidad tipo Buque de Desembarco Anfibio de la Fuerza Naval del Pacífico, se aproximaron al lugar para apoyar en la extinción del incendio; de forma simultánea se coordinó con el Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Buenaventura para que se transportaran a bordo de una unidad de Guardacostas hasta el lugar de los hechos para atender la conflagración.
Luego de controlar el incendio se revisó el lugar y los restos de la embarcación se pusieron a disposición de las autoridades competentes.
Superindustria formuló pliego de cargos a la Sociedad Portuaria de Buenaventura
La Superintendencia de Industria y Comercio, en su rol de autoridad única de competencia, formuló pliego de cargos en contra de la Sociedad Portuaria Regional de Buenaventura S.A. (SPRBUN), para determinar si se implementó un sistema anticompetitivo orientado a impedir y dificultar la prestación de los servicios de operación portuaria que hacen los diferentes agentes en el Puerto de Buenaventura, infringiendo la prohibición general del régimen de competencia prevista en el artículo 1 de la Ley 155 de 1959.
Así mismo, la Superindustria imputó cargos a cuatro personas naturales vinculadas con SPRBUN, quienes presuntamente habrían facilitado, colaborado, autorizado, promovido, impulsado, ejecutado y/o tolerado la infracción por la cual se investiga a la sociedad.
Los investigados
Infractor: Sociedad Portuaria Regional de Buenaventura S.A. (SPRBUN)
Personas naturales:
- Víctor Julio González Riascos, exrepresentante legal y exgerente general de SPRBUN. Actualmente, es miembro suplente de junta directiva de SPRBUN.
- Fernando Arturo Aulestia Marín, gestor comercial de SPRBUN.
- Jorge Andrés Gallegos Collazos, exgerente comercial de SPRBUN
- Maco Antonio Vacca García, jefe de Planeación y Operación Terrestre Senior de SPRBUN
La investigación
Se inició luego de que la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) recibiera varias quejas presentadas por operadores portuarios, agencias de aduanas y usuarios del Puerto de Buenaventura, así como por algunas autoridades como la Agencia Nacional de Infraestructura – ANI y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
En el marco de la actuación administrativa, la superintendencia evidenció que, por lo menos desde 2013, SPRBUN habría aprovechado su rol como administrador de la infraestructura del Puerto de Buenaventura, para así implementar un conjunto de comportamientos y estrategias que le permitieran incrementar indebidamente su participación y la de sus empresas afiliadas (Zelsa y Tecsa) en las actividades de operación portuaria que se prestan al interior del puerto.
Esta estrategia habría afectado a los usuarios y operadores del Puerto de Buenaventura, los cuales se vieron sometidos a restricciones para la movilización de contenedores, obstáculos para realizar el manejo de la carga y el doble cobro de algunos servicios portuarios (pesaje), entre otras afectaciones.
Además, SPRBUN habría dado un trato privilegiado a aquellos usuarios que contrataran directamente los servicios de operación portuaria con SPRBUN o con sus empresas afiliadas, en perjuicio de los operadores portuarios independientes.
La SIC podrá imponer multas hasta de cien mil salarios mínimos legales mensuales vigentes (más de 100.000 millones de pesos) por cada infracción al régimen de libre competencia, y a las personas naturales que sean halladas responsables de hasta de dos mil salarios mínimos legales mensuales vigentes (más de 2.000 millones de pesos).
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