Estas son las fechas en las que vence el pago oportuno de la declaración de renta 2022

A partir del 9 de agosto y hasta el 19 de octubre se vencen los plazos para que las personas naturales declaren renta en Colombia, razón por la cual las autoridades hacen un llamado para que paguen antes de la fecha límite y así evitar multas

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Un empleado cuenta billetes de pesos colombianos en una casa de cambios, en Bogotá, Colombia. Julio 11, 2022. REUTERS/Luisa Gonzalez
Un empleado cuenta billetes de pesos colombianos en una casa de cambios, en Bogotá, Colombia. Julio 11, 2022. REUTERS/Luisa Gonzalez

Entre el 9 de agosto y el 19 de octubre de 2022 se vencen los plazos para que las personas naturales en Colombia presenten sus declaraciones de renta según el calendario presentado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), y teniendo en cuenta los últimos dos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT) que aparecen en el RUT.

Según la DIAN, las personas naturales que no están obligadas a declarar renta son los empleados colombianos que no sean responsables del impuesto a las ventas (IVA), cuyos ingresos provengan en un 80 % de los pagos por su trabajo, y siempre y cuando no cumplan con algunos de los topes establecidos por la entidad como que el “patrimonio bruto al término del año gravable 2021 sea igual o superior a $163.386.000 o que los ingresos totales del respectivo ejercicio gravable sean iguales o superiores a $50.831.000″.

Asimismo, la DIAN establece que las personas naturales que deben declarar son aquellas cuyos “consumos mediante tarjeta de crédito sean iguales o superiores a $50.831.000; que el valor total de las compras y consumos sean igual o superior a $50.831.000; o que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean igual o superior a $50.831.000″, indicó la dirección de impuestos”,

En ese sentido, Función Pública señaló que el plazo para presentar la declaración de renta y pagar en una sola cuota la deuda empieza su vencimiento a partir del próximo 9 de agosto y coincide la fecha con el último dígito del NIT del declarante que conste en el RUT, razón por la cual señaló que era fundamental hacerlo antes de las fechas de vencimiento para evitar posibles multas.

Último dígito del NIT y fecha límite para declarar en agosto

01 y 02 el 09 de agosto

03 y 04 el 10 de agosto

05 y 06 el 11 de agosto

07 y 08 el 12 de agosto

09 y 10 el 16 de agosto

11 y 12 el 17 de agosto

13 y 14 el 18 de agosto

15 y 16 el 19 de agosto

17 y 18 el 22 de agosto

19 y 20 el 23 de agosto

21 y 22 el 24 de agosto

23 y 24 el 25 de agosto

25 y 26 el 26 de agosto

27 y 28 el 29 de agosto

29 y 30 el 30 de agosto

31 y 32 el 31 de agosto

Último dígito del NIT y fecha límite para declarar en septiembre

33 y 34 el 1 de septiembre

35 y 36 el 2 de septiembre

37 y 38 el 5 de septiembre

39 y 40 el 6 de septiembre

41 y 42 el 7 de septiembre

43 y 44 el 8 de septiembre

45 y 46 el 9 de septiembre

47 y 48 el 12 de septiembre

49 y 50 el 13 de septiembre

51 y 52 el 14 de septiembre

53 y 54 el 15 de septiembre

55 y 56 el 16 de septiembre

57 y 58 el 19 de septiembre

59 y 60 el 20 de septiembre

61 y 62 el 21 de septiembre

63 y 64 el 22 de septiembre

65 y 66 el 23 de septiembre

67 y 68 el 26 de septiembre

69 y 70 el 27 de septiembre

71 y 72 el 28 de septiembre

73 y 74 el 29 de septiembre

75 y 76 el 30 de septiembre

Último dígito del NIT y fecha límite para declarar en octubre

77 y 78 el 3 de octubre

79 y 80 el 4 de octubre

81 y 82 el 5 de octubre

83 y 84 el 6 de octubre

85 y 86 el 7 de octubre

87 y 88 el 10 de octubre

89 y 90 el 11 de octubre

91 y 92 el 12 de octubre

93 y 94 el 13 de octubre

95 y 96 el 14 de octubre

97 y 98 el 18 de octubre

99 y 00 el 19 de octubre

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