La procuradora General de la Nación, Margarita Cabello, se declaró impedida para pronunciarse acerca de la demanda que está en curso en la Corte Constitucional contra el nuevo Código Disciplinario por haber intervenido en la intervención de la ley que lo aprobó.
Cabe recordar que el alto tribunal estudia varias demandas en contra de la reforma al Código Disciplinario, que alegan que la atribución de funciones jurisdiccionales a la Procuraduría General para investigar y juzgar disciplinariamente a los servidores públicos vulnera el principio de vulneración de poderes y lo dispuesto en la reciente sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por el caso de Gustavo Petro cuando fue destituido de la Alcaldía de Bogotá por el entonces procurador Alejandro Ordóñez.
Por ley, el Ministerio Público debe enviar un concepto al alto tribunal sobre las demandas de inconstitucionalidad, pero en este caso la procuradora se declaró impedida por haber promovido la aprobación de la reforma en el Congreso.
La demanda contra la nueva reforma fue impulsado por la Comisión Colombiana de Juristas, el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo y los congresistas Ángela María Robledo y Alexander López Maya.
“La reforma aprobada, en lugar de limitar las competencias de la Procuraduría para que no puedan retirar de su cargo por sanciones disciplinarias a senadores, representantes a la Cámara, alcaldes, gobernadores, diputados y concejales, otorga un estatus judicial a este órgano de control para que persista esta posibilidad, desconociendo además el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos sobre representación política y generando riesgos importantes en la distribución del poder público en las distintas instituciones contempladas por la Constitución”, declararon los demandantes en un comunicado.
En su criterio, la reforma viola el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos, el principio de separación de poderes y el derecho fundamental al debido proceso, “por cuanto la reforma busca investir a la Procuradora y sus delegadas con la función de juez, desnaturalizando y confundiendo las labores asignadas diferenciadamente por la Constitución a organismos de control y autoridades judiciales, y desconociendo que el juez natural y competente para limitar el derecho a ser elegido es un juez penal”.
“Si bien la Constitución autoriza a la Ley para atribuirle funciones judiciales a autoridades judiciales, los demandantes identificaron que esta reforma al Código Disciplinario no cumple con los criterios que deben guiar esta asignación de funciones: no es excepcional ni específica, sino que le otorga de manera genérica e indeterminada a la Procuraduría la función de juez para vigilar y sancionar a todos los servidores públicos, incluyendo los de elección popular”, añadieron los demandantes.
Las reformas a la Procuraduría que pretende Petro
Justamente, uno de los principales opositores al nuevo Código Disciplinario es el presidente electo Gustavo Petro, ya que él mismo demandó su destitución como alcalde de Bogotá ante la CIDH. Para él, la reforma al código disciplinario —promovida por Margarita Cabello, la procuradora actual— no incluyó las recomendaciones formuladas por la Corte IDH, que aseguró que solo una sentencia judicial podría destituir mandatarios elegidos popularmente.
Justamente en su gobierno pretende una transformación de la Procuraduría General de la Nación en una gran fiscalía anticorrupción dentro del poder judicial. Según explicó el nuevo mandatario, el Ministerio Público pasaría a ser parte del órgano judicial. Aunque dijo que esta reforma será presentada en los primeros proyectos legislativos, aseguró que al ser una reforma constitucional requiere unos tiempos propios de su trámite, que debe contemplar ocho debates para ser aprobada.
Además, advirtió que la transformación de la entidad no interrumpirá el periodo de la actual procuradora Margarita Cabello Blanco, quien terminará su mandato en enero de 2025. Pero sí podría ser la última, pues sería a partir de su salida que empezaría la transición hacia el poder judicial.
SEGUIR LEYENDO: