Corte Constitucional anuncia cambios en cinco de sus salas para el tratamiento de casos especiales

Habrá una sala dedicada a velar por la seguridad de los excombatientes de las Farc que se acogieron al Acuerdo Final de Paz

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Corte Constitucional anuncia cambios en cinco de sus salas para el tratamiento de casos especiales. FOTO: Colprensa

Este miércoles, la Corte Constitucional dio a conocer la nueva disposición de las cinco salas especiales de seguimiento creadas para estudiar y fallar sobre casos especiales, especialmente aquellos que están relacionados con corrupción. Dichos ajustes fueron hechos con el fin de dar cumplimiento a diferentes sentencias que requieren atención especial.

Concretamente, son de prioridad la atención de casos correspondientes a temas como salud y seguridad, así como también la consideración del Estado de Cosas constitucional en algunos procesos, por ejemplo casos de cárceles. También con el objetivo de velar por la protección de los derechos fundamentales.

El orden quedó de la siguiente manera: la primera sala va a estar conformada por las magistradas Diana Fajardo Rivera, Natalia Ángel Cabo y el magistrado Hernán Corres. Dicha sección estará disponible solo para la atención de casos correspondientes a la población en condición de desplazamiento.

La segunda sala quedará a cargo de Alejandro Linares Cantillo, Antonio José Lizarazo Ocampo y José Fernando Reyes Cuartas. Los tres magistrados van a estar centrados en casos donde esté involucrado el Sistema General de Salud. La tercera sala, dedicada a todo el sistema penitenciario y carcelario —incluyendo los derechos de las personas privadas de la libertad y sus condiciones en las cárceles—, quedará conformada por las togadas Diana Fajardo Rivera, Paola Andrea Meneses Mosquera y el magistrado Jorge Enrique Ibáñez.

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La cuarta sala, una de las de mayor complejidad, pues se dedicará al tratamiento de casos asociados con la seguridad de los excombatientes de la antigua guerrilla de las Farc y que se acogieron al Acuerdo Final de Paz de 2016, estará liderada por la magistrada Cristina Pardo Schlesinger, quien estará acompañada de Ibáñez Najar y Antonio José Lizarazo Ocampo.

También, una quinta sala se dedicará de lleno al departamento La Guajira, incluyendo la garantía del acceso a los derechos fundamentales de sus habitantes —salud, educación, agua potable y alimentación de los niños y niñas indígenas de la comunidad Wayúu—. Esta quedará integrada por Paola Andrea Meneses Mosquera, Alejandro Linares y José Fernando Reyes Cuartas.

Recientemente, el alto tribunal también falló en favor de quienes denuncian abuso sexual en Colombia. Concretamente, le puso condiciones a una parte del numeral segundo del artículo 224 del Código Penal que afirmaba que cuando la denuncia se presentara sobre hechos relacionados con la libertad sexual, la persona denunciada no podía eximirse de responsabilidad a la hora de presentar pruebas sobre la veracidad de sus afirmaciones.

La decisión fue tomada tras una demanda presentada a aquel inciso por parte de la red de acceso a la justicia para la defensa judicial de la libertad de expresión de periodistas, medios de comunicación y usuarios de redes sociales conocida como El Veinte, que señaló de inconstitucional ese impedimento de presentar pruebas para probar que la denuncia sí tenía sustento.

Para el alto tribunal, la excepción de veracidad solo podrá ser aplicable “como excluyente de responsabilidad cuando las imputaciones de conductas que se refieran a la vida sexual, conyugal, marital o de familia, o al sujeto pasivo de delitos contra la libertad, integridad y formación sexuales, tengan interés público y cuenten con el consentimiento de la víctima”.

Asimismo, precisó que tratándose de casos de violencia de género, la divulgación de los casos en medios de comunicación está amparada por el principio de libertad de expresión.

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