En las últimas horas la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) fijó para el 18 y 19 de julio la audiencia de reconocimiento de verdad de los 12 miembros del Ejército Nacional que fueron imputados por crímenes de guerra y lesa humanidad por el asesinato y desaparición forzada de civiles que fueron ilegítimamente presentados como bajas en combate, conocidos como ‘falsos positivos’.
De acuerdo con la justicia transicional, dentro de los hechos relacionados con el Batallón de Artillería No. 2 La Popa fueron imputados en total 15 comparecientes de los cuales tres no reconocieron su responsabilidad por los hechos. Ellos son Publio Hernán Mejía Gutiérrez, Juan Carlos Figueroa y José Pastor Ruiz Mahecha, cuyos casos fueron enviados a la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP para dar trámite al proceso adversarial, de ser vencidos en juicio, se exponen a una pena de hasta 20 años de cárcel.
Para las dos audiencias que se realizarán el 18 y 19 de julio fueron convocados miembros del Ejército que fueron declarados responsables por su participación determinante en el asesinato de 127 personas en el norte de Cesar y el sur de La Guajira. Se trata de comparecientes que hicieron parte del Batallón La Popa entre el 9 de enero de 2002 y el 9 de julio de 2005.
Los uniformados que declararán en las diligencias judiciales son: Alex José Mercado Sierra, Carlos Andrés Lora Cabrales, Eduart Gustavo Álvarez Mejía, Efraín Andrade Perea, Elkin Leonardo Burgos Suárez, Elkin Rojas, Guillermo Gutiérrez Riveros, Heber Hernán Gómez Naranjo, José de Jesús Rueda Quintero, Juan Carlos Soto Sepúlveda, Manuel Valentín Padilla y Yeris Andrés Gómez Coronel.
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Esta imputación contra los miembros del Ejército Nacional se da tras la verificación de la existencia de un ataque consistente en el asesinato de 127 personas y la desaparición forzada de 121, cometidos entre el 9 de enero de 2002 y el 9 de julio de 2005. La Sala de Reconocimiento de Verdad de la JEP les imputó el delito de crimen de guerra y homicidio, al dar muerte a personas protegidas por el DIH y crímenes de lesa humanidad de asesinato y desaparición forzada.
Según la JEP, los asesinatos se ejecutaron en Valledupar, San Diego, Pueblo Bello, El Copey, Codazzi, Manaure, La Paz y Bosconia, en el norte de Cesar, y en San Juan del Cesar y Urumita, en el sur de La Guajira.
De acuerdo con la JEP, los patrones criminales de estos crímenes están basados en asesinatos de personas señaladas de pertenecer a grupos armados ilegales o de delincuencia común, “sin contar con información que verificara dichos señalamientos y sin que se hubiera presentado combate alguno. Estas acciones se dieron en el marco de una alianza entre algunos miembros del Ejército y los paramilitares de la zona”.
Además, explicó la JEP, la selección de las víctimas se basó en su condición de vulnerabilidad, incluyendo personas sin redes de apoyo o familiares que “no los intentaran buscar al ocurrir su desaparición y a quienes engañaron mediante promesas de presuntos trabajos legales o ilegales, para captarlas y asesinarlas. Los perpetradores escogían a estas personas porque presumían que la sociedad no reclamaría por su muerte, debido a su marginalidad”.
En otras cifras entregadas por la JEP se puede destacar que 140 integrantes del Batallón la Popa de la época en que ocurrieron los hechos que han solicitado someterse a la justicia de paz. Entre las 127 personas asesinadas por miembros del Ejército Nacional, 11 eran indígenas.
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