Aprobado en Senado proyecto que asigna comisiones para curules de paz

Con 69 votos favorables el Senado hoy dio vía libre al proyecto por el cual se establece el número de representantes de las curules especiales de paz

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Foto referencia: BOGOTÁ. Marzo 7
Foto referencia: BOGOTÁ. Marzo 7 de 2022. Firmantes del acuerdo de paz realizan una peregrinación por la paz, la vida y el cumplimiento de los acuerdos por parte del gobierno. (Colprensa - Camila Díaz)

Un paso importante para la paz se dará en el Congreso a partir del 20 de julio, porque en esta fecha la llegarán los 16 representantes de las víctimas, elegidos el pasado 13 de marzo, por mandato del acuerdo de La Habana.

Con 69 votos favorables el Senado hoy dio vía libre al proyecto por el cual se establece el número de representantes de las 16 curules especiales de paz que habrá por cada comisión de la Cámara. Al proyecto solo le restaría su trámite en plenaria de Cámara la semana entrante.

De acuerdo con el texto del proyecto de Ley orgánica (432 de 2022 Cámara y 388 de 2022 Senado), la Cámara tendrá 16 nuevos representantes adicionales para los períodos constitucionales 2022-2026 y 2026-2030 que se distribuirán sumando dos miembros en cada una de las siete comisiones permanentes, y uno adicional en las comisiones Primera y Quinta.

Adicionalmente, establece que dos de los nuevos congresistas de las circunscripciones especiales tendrán asiento en las comisiones de Derechos Humanos, de Ética, de la Equidad de la Mujer, la Legal de Cuentas y la de Investigación y Acusación.

Ley orgánica 432 de 2022

Según lo indica la ley durante los cuatrienios 2022-2026 y 2026-2030, las comisiones especiales tendrán dos miembros adicionales a los establecidos en la Ley 5.ª de 1992, en todos los casos serán elegidos por sistema de cociente electoral.

La misma regla distributiva se seguirá también de manera transitoria para la composición de las comisiones especiales, en las que se aumentará de 15 a 17 los miembros.

En contexto

Antes de la Sentencia C-080 de 2018, la Corte no había abordado la discusión sobre la aplicación del artículo 134 de la Constitución Política de Colombia en lo referente a la figura de la silla vacía, y se hizo por primera vez en el fallo citado, en virtud de su función de velar por la integridad y supremacía de la Carta Magna en el artículo, como bien lo expresa la Sentencia S.U. 150 de 2021.

Es precisamente esta sentencia la que determina dar por aprobado el proyecto de Acto Legislativo 05 de 2017 Senado, 017 de 2017 Cámara, “por el cual se crean 16 Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz para la Cámara de Representantes en los períodos 2018-2022 y 2022-2026″.

Y como consecuencia de ello ordena que se proceda por el área respectiva tanto del Senado de la República como de la Cámara de Representantes, a desarchivar y ensamblar el documento final aprobado del proyecto de Acto Legislativo 05 conforme al texto conciliado por ambas Cámaras y que se ordena a la organización electoral llevar a cabo las medidas especiales necesarias para permitir la inscripción y elección de candidatos para las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz para la Cámara de Representantes en el certamen electoral del 13 de marzo de 2022.

La Corte, adicionalmente al estudio de la garantía del debido proceso incluido en el artículo 29 de la Constitución, estudia la participación ciudadana mediante las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz para la Cámara de Representantes (CTEPCR) entendiéndolas como una media adoptada no solo como parte de los acuerdos para lograr el fin del conflicto armado interno, sino igualmente para buscar dar solución a los problemas de representación que históricamente se han denunciado.

Lo anterior bajo la idea de lograr una sociedad más incluyente, pluralista y participativa, facilitando la creación de fuerzas políticas que tradicionalmente no han tenido representación en el Congreso de República y dándole voz a las personas que habitan los territorios más afectados por la violencia.

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