Superintendencia de Industria y Comercio archivó queja del Canal Uno contra Caracol y RCN

Se denunciaba prácticas restrictivas de libre competencia y abuso de posición dominante en el mercado por parte de los dos canales de televisión más grandes del país

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La Superintendencia de Industria y Comercio, en cabeza de Andrés Barreto, decidió archivar la queja interpuesta por el Canal Uno en contra de Caracol y RCN. Imagen: SIC.
La Superintendencia de Industria y Comercio, en cabeza de Andrés Barreto, decidió archivar la queja interpuesta por el Canal Uno en contra de Caracol y RCN. Imagen: SIC.

Luego de tres años en los que Canal Uno estuvo esperando una respuesta de la Superintendencia de Industria y Comercio, sobre su queja interpuesta en contra de los canales televisivos Caracol y RCN, la institución reguladora dio su dictamen sobre la situación. Luego de haber cumplido con los conductos regulares de averiguación, actuación y análisis del caso para una posible apertura formal de una investigación, la Delegatura para la Protección de Competencia ordenó el archivo de la queja tras no encontrar pruebas que satisfagan el principio de significatividad necesario para avanzar con la situación.

En 2019, el presidente de Canal Uno, Ramiro Andrés Avendaño, interpuso la queja en contra de estos medios de comunicación, alegando que tanto Caracol como RCN establecían contratos de exclusividad con anunciantes publicitarios para que únicamente puedan colocar propaganda de sus productos en sus canales. Según menciona la denuncia, si algún cliente terminaba publicitando en Canal Uno, los otros medios implicados les incrementaban el precio de su propaganda hasta en 5 veces lo acordado con el objetivo de obligar a los anunciantes a quedarse dentro de estos canales. Además, según él, les reducían los pagos de comisiones a las empresas de publicidad si estas no le daban a los canales una participación de inversión superior a la que tienen en audiencias.

La razón por la cual Ramiro Avendaño decidió colocar la queja fue porque, gracias a estos acuerdos, el Canal Uno se vio duramente afectado en términos económicos al perder y no tener la posibilidad de contratar anunciantes para sus emisiones televisivas, según él. Luego de haber transcurrido varios años sin respuesta, el presidente de este canal decidió iniciar una campaña de presión para obtener una pronta respuesta.

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De acuerdo con el documento publicado por la SIC, hubo estrategias de presión en las que se incluyó el asedio mediático, matoneo a través de las redes sociales, abuso del derecho de petición, apariciones radiales y apariciones televisivas sucesivas para ejercer violencia en contra de un servidor público en este caso el Superintendente Andrés Barreto:

“Durante este tiempo el señor RAMIRO ANDRÉS AVENDAÑO JARAMILLO, ha adelantado una serie de acciones encaminadas a ejercer una presión indebida en contra de la Autoridad y en particular en contra del Superintendente de Industria y Comercio, quién es el tomador final de decisión cuando una queja avanza a una investigación formal, y posteriormente amerita la imposición de una sanción.

Debido a la supuesta campaña creada por el Canal Uno, Caracol y RCN presentaron ante la Delegatura de Asuntos Jurisdiccionales medidas cautelares en contra de la institución que presentó la queja en primera instancia, por competencia desleal por el acto de descrédito, medidas que les fueron otorgadas por un juez.

Finalmente, la SIC basada en que el Canal Uno no presentó más recursos a favor de la queja interpuesta inicialmente y que los medios de comunicación denunciados gozan de presunción de legalidad, determinó que este caso no podía avanzar a la etapa de una investigación formal:

“La Delegatura para la Protección de la Competencia, mediante Resolución Número 36826 del 13 de junio de 2022 ordenó el ARCHIVO de la averiguación preliminar por la queja presentada por el señor RAMIRO ANDRÉS AVENDAÑO JARAMILLO, representante legal de CANAL UNO, en contra de sus competidores CARACOL y RCN, acto administrativo motivado de carácter público, en contra del cual no proceden recursos y que goza de presunción de legalidad.

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