El juzgado Quinto Municipal Administrativo Oral del Circuito Judicial de Bogotá sentenció en horas de la noche de este martes la suspención temporal los efectos del decreto 555 del 29 de diciembre de 2021, por el cual se le daba ordenanza a la ejecución del POT propuesto por Claudia López. La orden judicial se da para que se “adopte la revisión general del Plan de Ordenamiento Territorial (POT)”, como indica el documento.
La demanda fue interpuesta el pasado 12 de mayo por el Senador Miguel Uribe, el congresista argumenta que la expedición del decreto no tenía competencia legal, ya que luego de vencerse el proceso de debate y modificación que debía llevarse en el Concejo de Bogotá, el decreto 555 de 2021 se expidió sin contar con un respaldo ciudadano, con fallas técnicas y con varias objeciones por diferentes sectores políticos.
Ante la medida cautelar ordenada por del juzgado, el primero en reaccionar fue el demandante, Miguel Uribe, a través de su cuenta de Twitter:
La decisión que toma el juzgado se da por la imposibilidad del trámite en el Concejo y para una revisión del documento que optimice las condiciones de su ejecución, considerando las objeciones que ha tenido el proyecto.
A pesar de que la alcaldesa Claudia López reunió esfuerzos para presentar ante el Concejo el documento que planea el orden de la ciudad, pensando que podría ser aprobado fácilmente, este no tuvo mayor atención por parte de los concejales pues fueron más los tropiezos que los avances para avalar el trámite.
Luego de radicar el proyecto de planeación, el Concejo de Bogotá tenía un plazo de 90 días para discutirlo y hacerle las modificaciones que considerara pertinentes. Sin embargo, tras la radicación que se llevó a cabo el pasado 10 de septiembre de 2021, se presentaron numerosas reprobaciones ciudadanas que impidieron su discusión, ante el documento reposaban 8 tutelas y 138 recusaciones que debían ser tramitadas en el tiempo límite de 90 días para poderlo aprobar. Es por esta razón que los concejales decidieron no darle trámite a la radicación del proyecto, pues no tenían capacidad administrativa para gestionar todas las objeciones que recaen sobre le Plan de Ordenamiento Territorial.
Al vencerse el plazo que tenía el Concejo de Bogotá para aprobar el POT podría eventualmente aprobarse vía decreto, tal como lo hizo la alcaldesa de Bogotá. El problema de que lo hubiera hecho es que el documento no cuenta con la aprobación de un amplio espectro político y ciudadano, pues si bien no pasó en el Concejo, tampoco contó con el respaldo de los bogotanos para ser defendido.
Muestra de ello son las masivas recusaciones que tuvo el documento después de que desde la Alcaldía no se lograran consensos con la ciudadanía de Bogotá para socializar lo dispuesto como planeación para la ciudad, pero también porque tampoco se tuvo el respaldo real desde el Consejo Territorial de Planeación del Distrito, ente consultivo en temas de planeación.
A esto se le suma que dentro de las recusaciones presentadas por los bogotanos al POT de la alcaldesa, si bien existían inconformismos particulares, también se exponía la preocupación por la falta de calidad técnica en la planeación territorial.
Lo que inició como un proyecto que nunca pudo socializarse asertivamente con los ciudadanos y que tampoco tuvo un aval de aprobación ante el Concejo de Bogotá, termina en estos momentos con una decisión judicial que conduce a la alcaldesa a construir los consensos que no ha logrado hasta el momento con la ciudadanía y a desarrollar una rigurosidad técnica que exigen los detractores del POT.
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