Acaba de ser aprobada la ‘Ley Julián Esteban’ —en honor al niño que conmovió a Colombia cuando una cámara lo registró llorando producto de la felicidad de ver al ciclista profesional Egan Bernal ganar el Tour de Francia 2019, y que dos años después falleció en un siniestro vial mientras entrenaba—, una iniciativa que busca aumentar la seguridad vial en el país. Ahora espera sanción presidencial, deberá ser revisada por la Corte Constitucional y ser implementada.
Mary Bottagisio, directora de la Fundación Liga Contra la Violencia Vial, aseguró para El Espectador que “Colombia acaba de poner una flor sobre la tumba de Julián Esteban Gómez y sobre la de todos esos niños cuyas muertes no supimos, no quisimos o no pudimos evitar”.
Esta ley tendría cambios significativos en las normas viales en todo el territorio nacional. Uno de los aspectos que se modificaría drásticamente es la velocidad, pues se establece que el máximo permitido en zonas urbanas será de 50 kilómetros por hora y en zonas residenciales y escolares será de 30. En las carreteras el límite se fijó en 90 kilómetros por hora, pero en las vías de doble calzada se podrá circular a 120; el transporte de carga, por su parte, tendrá un límite de 80. Las bicicletas y patinetas eléctricas o que funcionen con gasolina tendrán un límite de 30 kilómetros por hora.
No obstante, según lo explicó Luis Lota, director de la Agencia de Seguridad Vial, las autoridades podrán aumentar el límite de velocidad en ciertos casos y que un grupo de gestión de velocidad está estructurando una metodología para definir límites seguros, que se tendrá en cuenta para definir en qué casos se puede aumentar.
Otro aspecto que establece la Ley Julián Esteban es que Colombia debe unificar las normas de seguridad vial con las de otros países, lo cual implicaría que los vehículos a la venta deban cumplir con los estándares de seguridad establecidos internacionalmente. Esto es debido a que en un plazo de tres años el Ministerio de Transporte deberá crear un cronograma y un plan de trabajo para implementar el Acuerdo de las Naciones Unidas de 1958, lo cual significaría que se homologarían las especificaciones de los vehículos que se vendan en los países suscritos
La adhesión de Colombia a los mencionados estándares también debe convertirse en ley. Por ese motivo, tal proyecto ya se está debatiendo en el Congreso.
Con respecto al transporte de carga, con el artículo 21 se pretende dar una financiación al Fondo de Modernización del Parque Automotor de Carga. Para ello se creará una tarifa por las operaciones de los vehículos que superen las 10,5 toneladas. Dicha cifra deberá ser establecida por el Gobierno nacional y no podrá superar el 0,1 % del valor manifiesto de carga.
Alfonso Medrano, presidente de la Asociación Colombiana de Camineros, declaró para El Espectador que el programa de modernización ha sido un éxito porque ofrece a los transportadores alternativas para cambiar sus vehículos de más de 20 años de antigüedad en favor del medio ambiente, la seguridad vial o incluso la economía. El problema, según dice, es que los recursos del programa ya se están acabando.
Otros aspectos que están mencionados en la ley son el registro de personas lesionadas y fallecidas en las vías; el registro que deberá incorporar el RUNT de vehículos involucrados en siniestros de tránsito en los que haya habido muertos o lesionados, que se actualizará anualmente y que incluirá marca, modelo, tipo de vehículo y antigüedad del parque automotor.
Asimismo, otra novedad será que para obtener el pase será necesario aprobar exámenes teórico-prácticos y se hará posible la digitalización de documentos como la licencia, el SOAT y el certificado de revisión técnico-mecánica.
Las organizaciones que impulsaron el proyecto de ley celebraron la decisión y esperan que la seguridad vial siga en primer plano en la agenda legislativa del país.
SEGUIR LEYENDO: