La Universidad de la Sabana solicitó a la Corte Constitucional tumbar el fallo que despenalizó el aborto en Colombia hasta la semana 24. Según la institución educativa, la decisión, dada a conocer por la Corte en febrero pasado, se tomó sin las mayorías exigidas por la ley y violó los principios de congruencia e independencia y la cosa juzgada constitucional.
En un documento de 40 páginas la universidad explicó que el conjuez Julio Andrés Ossa desempató la votación de los magistrados de la alta corte, que quedó en 4-5, y además salvó el voto porque había propuesto que fuera hasta la semana 13 y no 24.
En este, los docentes María Idárraga Martínez, Juana Acosta López y Fabio Pulido Ortiz escribieron que este incidente se fundamenta en los siguientes cargos de nulidad: aprobación de la sentencia sin las mayorías exigidas por la ley, vulneración del debido proceso por afectación a los principios de congruencia, independencia y cosa juzgada, y elusión arbitraria de un asunto de relevancia constitucional que afecta masivamente derechos humanos.
“Los magistrados que apoyaron la ponencia no explicaron por qué la evolución jurisprudencial de la Corte Constitucional, en relación con los derechos de las mujeres a la salud sexual y reproductiva, y a la eliminación de barreras estructurales para el acceso de las mujeres a esos derechos, debilita la cosa juzgada de la sentencia C-355 de 2006″, agregó La Sabana.
Además, señalan que “los seres humanos en gestación están vivos y tienen la capacidad de sentir dolor, por lo que disponer de su vida de forma absoluta y, tras ciertas semanas de la gestación, de manera tortuosa; sin ningún tipo de limitante, desconoce tales garantías constitucionales e internacionales.
De igual forma, la Universidad de la Sabana precisó que la decisión es cosa juzgada, porque ya la Corte Constitucional se había pronunciado al respecto con las tres excepciones que tiene la ley para despenalizar el aborto, y para los docentes no se explicó la evolución jurisprudencial en relación con los derechos de las mujeres. Y también que la Corte no incluyó ninguna medida concreta de protección del que está por nacer, en relación con su vida, o para prevenir estos tratos crueles, inhumanos y degradantes, violando así los derechos de los seres humanos en gestación”.
Los argumentos para tumbar el fallo
Juana Acosta, directora de la Clínica Jurídica de la Universidad de La Sabana explicó a Blu Radio los argumentos de la entidad educativa para elevar la petición a la Corte Constitucional:
“La solicitud de nulidad que presentamos el día de ayer se fundamenta en tres razones: la primera es que la aclaración de voto del conjuez Julio Andrés Ossa evidencia que él no estuvo de acuerdo con la decisión que dio lugar a la Sentencia 055 de 2022, en efecto la Corte definió que es inconstitucional despenalizar el aborto hasta la semana 24, pero el conjuez decidió que lo constitucional es penalizar el aborto hasta la semana 13″.
Acosta reiteró que el conjuez en ese caso no estaba de acuerdo con la decisión y, por lo tanto, se viciaría de nulidad la sentencia.
En el segundo punto la abogada y docente de la U. de La Sabana afirmó que la Corte no aportó argumentos suficientes para argumentar que debería levantarse la cosa juzgada: “Esto nuevamente afecta el proceso”.
Y, finalmente, señaló que la corte “eludió un asunto fundamental de la discusión y es la existencia del dolor fetal”. Según la abogada, el alto tribunal los omitió por completo teniendo en cuenta la relación con los seres sintientes.
La Corte publicó la sentencia completa
La Universidad de la Sabana hizo la solicitud a la Corte una semana después de que esta publicara la sentencia completa con los argumentos para haber fallado a favor del aborto hasta la semana 24 de gestación.
“Sin perjuicio del cumplimiento inmediato de esta sentencia y, en el menor tiempo posible, formulen e implementen una política pública integral, incluidas las medidas legislativas y administrativas que se requiera, según el caso, que evite los amplios márgenes de desprotección para la dignidad y los derechos de las mujeres gestantes, descritos en esta providencia y, a su vez, proteja el bien jurídico de la vida en gestación sin afectar tales garantías, a partir del condicionamiento de que trata el resolutivo anterior”, solicitó la Corte al Congreso de la República y al Gobierno nacional.
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