Ecopetrol podrá seguir con los pilotos de ‘fracking’ en Santander y sin hacer consulta previa

El Tribunal Administrativo de Santander le dio la razón a Ecopetrol y dijo que los pilotos no representan un perjuicio ‘irremediable’ para la comunidad de Puerto Wilches, Santander

Guardar

Nuevo

Foto de archivo. Imagen la refinería de Ecopetrol en Barrancabermeja, departamento de Santander, Colombia, 1 de marzo, 2017. REUTERS/Jaime Saldarriaga
Foto de archivo. Imagen la refinería de Ecopetrol en Barrancabermeja, departamento de Santander, Colombia, 1 de marzo, 2017. REUTERS/Jaime Saldarriaga

Ecopetrol puede volver a hacer pilotos de fracking en el municipio de Puerto Wilches, en Santander. Así lo estableció el Tribunal Administrativo de Santander al anunciar la revocatoria de la tutela interpuesta por la Corporación Afrocolombiana de Puerto Wilches (Afrowilches) contra el Ministerio del Interior, Ecopetrol y la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) por considerar vulnerado el derecho fundamental a las consultas previas por proyectos de fracking.

“Revocase la sentencia de fecha 21 de abril de 2022 proferida por el Juzgado Primero Administrativo de Barrancabermeja, y en su lugar declarase la improcedencia de la solicitud de amparo tutelar, según las consideraciones expuestas en la parte motiva de esta providencia”, señala un aparte de la decisión del tribunal.

Dicho fallo se conoce luego de que Afrowilches ganara la tutela en primera instancia bajo el argumento de que no había sido consultada la comunidad afro de Puerto Wilches al momento de desarrollar los pilotos y por eso estaban en pausa. Sin embargo, dicha consulta ya no será necesaria, entre otras cosas, porque Ecopetrol demostró que ya la dirección nacional de consulta previa del Ministerio del Interior había dicho en dos resoluciones que no hacía falta una consulta y ambas están en firme.

La magistrada Francy del Pilar del Pinilla fue la encargada de resolver en segunda instancia la sentencia del juzgado al argumentar que el proyecto de investigación no implica la exploración y explotación de hidrocarburos en estos yacimientos.

“No se puede establecer la afectación clara y directa que el proyecto piloto de investigación pudiera llegar a causar, que bajo la naturaleza de perjuicio irremediable imponga analizar y definir si debió surtirse el trámite de la consulta previa, siendo pertinente destacar que el fin de los proyectos pilotos de investigación integral (PPII) es precisamente establecer los reales riesgos de la exploración y explotación de hidrocarburos en yacimientos no convencionales conocido como fracking, lo cual es requerido para continuar con el proceso de simple nulidad que ordenó la suspensión de los actos que establecieron los criterios y procedimientos para ello”, señaló el tribunal.

Al respecto, la administración de Ecopetrol, además de recalcar que actuó con absoluto respeto por las comunidades y dentro del marco legal, explicó que la empresa solicitó en los tiempos establecidos en la regulación ambiental y técnica la solicitud de procedencia de consulta previa y la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa (Dancp) certificó que no procede la consulta.

¨Durante la elaboración del EIA (Estudios de Impacto Ambiental) no se identificó presencia o afectación a ninguna comunidad étnica. En concordancia con el debido proceso adelantado, acudiremos a las instancias legales correspondientes para que se considere la posibilidad de continuar con el proceso de licenciamiento ambiental de los dos proyectos piloto”, anotó Ecopetrol.

El paso siguiente es la reactivación de las obras civiles previas a la perforación de los pozos, en el caso de Kalé, que ya cuenta con licencia ambiental. Entre tanto, la Anla podrá continuar el trámite de la licencia para el segundo proyecto (Platero).

Reacción de la Alianza Colombia Libre de Fracking

La Alianza Colombia Libre de Fracking reaccionó de inmediato al fallo del Tribunal Administrativo de Santander. Lamentó que se revoque la decisión que tuteló el derecho a la consulta previa de la Corporación Afrocolombiana de Puerto Wilches - Afrowilches y suspendió los pilotos de fracking y anunció que solicitarán revisión sobre esta decisión.

En un comunicado expresó que como se pudo demostrar en el proceso, Afrowilches es una organización de base reconocida desde 2014 por el Ministerio del Interior e integrante del Comité Consultivo Afro del departamento de Santander, y ha sido objeto de consulta previa en el pasado por parte de la CAS y la Gobernación de Santander.

Por eso, manifestó que, “solicitaremos la revisión de la decisión del Tribunal por parte de la Honorable Corte Constitucional, al considerar que desconoce el precedente de la consulta previa y viola los derechos de las comunidades afrocolombianas de Puerto Wilches; igualmente continuaremos las acciones jurídicas, de incidencia y movilización para que se prohíba el fracking en el país”.

SEGUIR LEYENDO:

Guardar

Nuevo