JEP ordenó acreditar a familiares de una niña 13 años víctima de reclutamiento forzado por parte de las Farc

La hermana, la madre y el padre de la niña podrán intervenir en el caso 07 como víctimas. La JEP puntualizó que, aunque la menor permanece desaparecida, se presume que habría fallecido en una acción del Ejército Nacional contra esa guerrilla en enero de 2000

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El caso 07, que investiga
El caso 07, que investiga el reclutamiento y utilización de niñas y niños en el conflicto armado, fue abierto por la Sala de Reconocimiento el 1 de marzo de 2019 y registra a la fecha 18.677 hechos victimizantes de niñas y niños reclutados o utilizados durante el conflicto armado.

Este jueves 2 de junio la Sección de Apelación de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) ordenó acreditar como víctimas del conflicto armado a la hermana, la madre y el padre de una niña 13 años víctima de reclutamiento forzado por parte de las Farc en Bolívar. La JEP puntualizó que, aunque la menor permanece desaparecida, se presume que habría fallecido en una acción del Ejército Nacional contra esa guerrilla en enero de 2000.

Según el relato de la familia, la última vez que supieron de la niña se transportaba en un vehículo en el que también iba un integrante de las extintas Farc. El vehículo habría sido atacado por el Ejército, causando la muerte de 14 personas, pero a la familia nunca se le confirmó la muerte de la niña en estos hechos ni se le entregó el cuerpo.

Sin embargo, en 2002 algunos pobladores le manifestaron a la familia haber sido testigos de la muerte de la menor y de cómo se deshicieron de sus restos luego del ataque del Ejército. Con la decisión adoptada este jueves por la JEP, los familiares de la menor podrán intervenir en el caso 07 que investiga el reclutamiento y utilización de niñas y niños en el conflicto armado.

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Es de anotar que este medida de la Sección de Apelación de la justicia de paz revocó en segunda instancia un auto del 20 de agosto de 2021, en el que la Sala de Reconocimiento de Verdad no acreditó a esta familia bajo el argumento de que “no se contaba con suficiente información que probara que la menor había sido reclutada por las Farc”.

Una de las hipótesis que consideró la JEP para acreditar en su justicia a la familia de la menor, es la desaparición u homicidio de la niña derivados del reclutamiento o utilización de niñas para la guerra “es razonable en cuanto existen bases de datos, reportes de prensa y otros registros públicos que coinciden con los hechos narrados por la familia”, señaló la sección de la justicia transicional.

Además, citó otras razones para acreditar a la familia: “Es cierto que la niña desapareció o murió en medio de la confrontación armada en Colombia y las dudas que persisten alrededor de su posible reclutamiento o utilización para la guerra de parte de un actor armado del conflicto deben resolverse a favor de las víctimas, conforme con la normatividad y la jurisprudencia transicional sobre el reconocimiento de víctimas a instancias de la JEP”.

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El fallo también puntualizó que la Sala de Reconocimiento de la JEP solo puede acreditar víctimas dentro de los macrocasos abiertos. Sin embargo, aclaró que “la no acreditación solo implica la imposibilidad de participar o intervenir en un determinado proceso judicial transicional, no cuestiona la calidad de víctimas del conflicto”. Es decir, el fallo de la Sala no desconoció la condición de víctima de esta familia.

Por otro lado, la JEP ordenó facilitar el trámite de acreditación de las víctimas. “La Secretaría Ejecutiva debe establecer si los hechos victimizantes pueden clasificar para otro macrocaso o debe orientar a la víctima sobre los alcances de la decisión, y poner de presente las alternativas con las que contaría”, señaló el auto conocido este jueves.

El caso 07, que investiga el reclutamiento y utilización de niñas y niños en el conflicto armado, fue abierto por la Sala de Reconocimiento el 1 de marzo de 2019 y registra a la fecha 18.677 hechos victimizantes de niñas y niños reclutados o utilizados durante el conflicto armado.

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