Duque adoptará la definición de antisemitismo de la OEA

La Organización de Estados Americanos invitó en ocasiones anteriores a todos los gobiernos del Caribe a asumir esta definición en la que ha trabajado la Alianza Internacional para el Recuerdo del Holocausto (IHRA)

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Duque adoptará la definición de antisemitismo de la OEA. Foto: Colprensa - Mariano Vimos

El presidente de Colombia, Iván Duque, firmará el próximo 2 de junio una declaración sobre el antisemitismo en compañía de Luis Almagro, secretario general de la Organización de Estados Americanos (OEA). La organización ha manifestado en anteriores ocasiones su rechazo a los actos xenofóbicos y ha invitado a otros gobiernos, tal como lo hará el primer mandatario, a adoptar la definición de antisemitismo de la Alianza Internacional para el Recuerdo del Holocausto (IHRA por sus siglas en inglés).

El IHRA reúne a gobiernos y expertos a fin de “reforzar, impulsar y promover la educación, la memoria y la investigación en todo el mundo sobre el Holocausto”. Según su página oficial, esta es la definición en la que han trabajado y que no es jurídicamente vinculante:

“El antisemitismo es una cierta percepción de los judíos que puede expresarse como el odio a los judíos. Las manifestaciones físicas y retóricas del antisemitismo se dirigen a las personas judías o no judías y/o a sus bienes, a las instituciones de las comunidades judías y a sus lugares de culto”.

Es importante recordar que el 7 de junio de 2019, Almagro adoptó esta definición teniendo en cuenta los principios de la OEA y el trabajo que han realizado por promover el respeto y la aceptación en toda la región. Esto con el fin de “fortalecer los esfuerzos de la OEA para contrarrestar el antisemitismo y la xenofobia”, dijo Almagro en un comunicado de prensa en ese momento.

De hecho, en octubre de 2020 Almagro propuso en la 50° Asamblea General de la OEA llevar adelante una campaña conjunta para que todos los países de Latinoamérica y el Caribe sigan el camino de Canadá, Estados Unidos, Argentina y Uruguay y adopten la definición práctica de antisemitismo del IHRA.

Para la OEA, la definición expuesta anteriormente es el “primer y único estándar internacional para identificar cuando un acto es antisemita”. Con eso, la organización puede actuar en prevención, educación, memoria y eventualmente punición de esos hechos, “evitando lagunas legislativas y brindar de este modo mayor protección jurídica a los ciudadanos judíos de las Américas”, agregó Almagro.

Por su parte, los doctores Shimon Samuels y Ariel Gelblung explicaron que América es un continente que es hogar de comunidades judías, pero que también dio refugio a criminales nazis y sus cómplices. Teniendo en cuenta eso, “debe considerarse como un privilegio y una obligación unirse a la Alianza de manera oportuna. Nada debería impedir la adopción de esta definición, como un medio concreto para proteger a sus ciudadanos”, señalaron en un comunicado.

El 26 de mayo de 2016, los 31 países miembros de la IHRA adoptaron la definición práctica, jurídicamente no vinculante, de antisemitismo

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En el encuentro Almagro también se refirió al daño que genera el antisemitismo en el continente: “El antisemitismo causa mucho daño a la humanidad, y además tiene el potencial de nutrir ideologías extremistas violentas al generar una espiral de odio y difundir interpretaciones distorsionadas de la realidad que solo profundizan la discriminación y la intolerancia entre otros males”.

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