Procesos penales podrán continuar de manera remota, Senado aprobó la ley de justicia virtual

Tras el último debate, pasó el proyecto que permite la realización de actuaciones judiciales a través de canales digitales, lo que genera una flexibilización en los procesos jurídicos; la iniciativa pasará a conciliación con la Cámara de Representantes

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El proyecto que permite el
El proyecto que permite el ejercicio de las actuaciones judiciales a través de canales digitales, lo que genera una flexibilización en los procesos jurídicos.

Al principio de la pandemia, los confinamientos hicieron que la justicia también cesara sus operaciones, lo que aumentó aún más el retraso y la dificultad para acceder a la justicia, sumado a la dilación de los procesos. Por esto, desde el gobierno nacional se emitió el Decreto 806 del 2020, donde se adoptaron medidas para implementar las tecnologías de información y comunicación en las actuaciones judiciales.

También se pretendía agilizar el trámite de los procesos judiciales ante la jurisdicción ordinaria en todas las especialidades, o la gran mayoría, del derecho en Colombia. Incluso, el decreto contemplaba la flexibilización en la atención de los usuarios, ayudando a la reactivación del país, en ese momento.

“Se utilizarán los medios tecnológicos para todas las actuaciones, audiencias y diligencias y se permitirá a los sujetos procesales actuar en los procesos o trámites a través de los medios digitales disponibles, evitando exigir y cumplir formalidades presenciales o similares, que no sean estrictamente necesarias. Por tanto, las actuaciones no requerirán de firmas manuscritas o digitales, presentaciones personales o autenticaciones adicionales, ni incorporarse o presentarse en medios físicos”,

señala el decreto en cuestión.

Con el pasar de los meses, en la rama judicial la contingencia se volvió una cotidianidad, al punto de automatizar, casi todos los procesos, en estos canales virtuales, lo que permitió que la justicia “se pusiera al día”, ya que el país se detuvo, pero el crimen no y día tras día los folios aumentaban en los despachos, la impunidad era un temor más latente y la crisis se agudizaba.

Precisamente el ministro de justicia Wilson Ruiz, tras la aprobación de la permanecía del decreto, se refirió a la situación que se vivía en ese momento:

“El paso de la presencialidad a la virtualidad enfrentó problemáticas como la congestión judicial y las barreras de acceso que afectaron la administración de la justicia por años. Con esta aprobación se continúa con el uso de las tecnologías en los despachos judiciales”.

Es por esto que, tras ser aprobado por la Cámara de Representantes, y ser propuesto por Germán Varón, el Senado aprobó el proyecto de ley 325 de 2022, “por medio del cual se establece la vigencia permanente del Decreto Legislativo 806 de 2020″, el cual extiende la normativa a los ámbitos constitucionales, administrativos, disciplinarios, entre otras jurisdicciones.

“La virtualidad en las audiencias será regla general. Solamente se realizarán audiencias presenciales en los casos excepcionales previstos en el parágrafo del artículo primero del Decreto 806 del 2020 que se adopta como legislación permanente”,

dicho parágrafo reseña, que no se contemplará el uso de las TIC, cuando las autoridades y/o los sujetos involucrados no cuenten con los medios tecnológicos para cumplir con las diligencias que se requieran.

Precisamente el ministro Ruíz señaló que era necesario la adaptación digital de la justicia, principalmente por la agilidad que tiene el sistema y la flexibilización en la atención de los usuarios:

“Un sueño de todos los colombianos se hizo realidad y es tener una justicia virtual que permitirá agilizar los procesos gracias a la aprobación del Proyecto de Ley que establece la vigencia permanente del Decreto Legislativo 806 del 2020″.

Infobae consultó a abogados y funcionarios de la rama judicial para escuchar sus opiniones sobre esta aprobación, uno de ellos, que se reserva el nombre, considera que es una decisión acertada, pues es uno de los avances más importantes en muchos años, por que puntualmente en los últimos dos se adelantaron de manera más diligente las audiencias, según él, como nunca antes en la historia.

Los funcionarios destacan la posibilidad de que el juez sea quien determine si se convoca a la presencialidad, pero, las audiencias preliminares, legalizaciones de captura, imputaciones, medidas de aseguramiento, formulación de acusación y los preparatorios si se pueden seguir manejando en la virtualidad.

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