Hace 17 años se estableció en el país que las personas con sordera profunda no podían conducir vehículos, hasta este 2022 cuando se expidió la resolución, después de varias mesas de trabajo y diferentes gobiernos, para concluir que la discapacidad auditiva no es un impedimento para manejar carros particulares, que abre la puerta para que en el futuro también lo hagan en públicos.
De acuerdo con la Federación Nacional de Sordos de Colombia (Fenascol) adelantaron más de 60 reuniones y mesas técnicas que esperaban derogar la Resolución 1555 de 2005 y emitir una nueva que le permitiera a la población que vive con esa condición acceder a las licencias de conducción. Aunque desde 2017 no había una prohibición expresa, los exámenes para expedirla les impedía acceder a ese documento.
Durante este gobierno se retomaron las reuniones y en agosto de 2021 se comunicaron los resultados de un estudio de la Universidad de Los Andes que determinó que no hay ninguna relación entre la siniestralidad en las vías en relación con la conducción de personas sordas que dio vía libre a que este 31 de mayo se expidiera la Resolución 20223040030355 del 31 mayo de 2022.
Así lo anunció el Ministerio de Transporte que aseguró que en el estudio contratado “se pudo concluir que para vehículos destinados al servicio particular la información consultada y obtenida no muestra que haya resultados concluyentes para la asociación entre limitaciones auditivas y la tasa de siniestros y habilidades para conducir”, tras lo cual inició la formulación de la resolución.
El esperado texto se basó en las medidas que debían adoptarse para los y las conductoras con pérdida auditiva, como guías prácticas internacionales de países como Australia, Canadá y Reino Unido donde ya existe la normativa para este tipo de personas. Estas naciones son ejemplo para el país, no solo en esa materia, sino también en reducción de la siniestralidad.
“Por muchos años la comunidad sorda solicitó las condiciones para acceder a la licencia de conducción de vehículos particulares y hoy el legado del Gobierno Nacional es esta resolución que les permite ejercer su autonomía en este medio de transporte. Dejamos, además, las bases sentadas para que se sigan construyendo de manera conjunta los reglamentos para que el alcance de este documento llegue al transporte público”, afirmó el director de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, Luis Lota.
Aunque ya está la resolución, aún habrá que esperar a que en lapso de un año todas las entidades correspondientes, como autoridades de tránsito y organismos de apoyo implementen mecanismos que garanticen la accesibilidad y canales de atención incluyentes para las personas con pérdida auditiva.
Hay varios tipos de pérdida auditiva clasificada en leve, moderada, moderadamente severa, grave y profunda. La primera no requería ni requiere de condiciones especiales y se clasifica cuando se ubica entre los 20 y 40 decibeles. Esta población podrá continuar conduciendo con la licencia actual. El documento, para las demás tendrá una identificación correspondiente para su identificación.
En cambio, el Ministerio de Transporte aclaró que las personas con pérdida auditiva moderada (entre 41 y 55 decibeles), moderadamente severa (entre 56 y 70 decibeles), así como grave (de 71 a 90) o profunda requerirán de ayuda visual adicional. Esta consiste en un espejo retrovisor panorámico al interior del vehículo, así como espejos laterales convexos. Deberán portar un símbolo visible en el vehículo que informe de la condición especial de su conductor.
“Se eliminó el requisito de exámenes de control periódicos para todos los niveles de capacidad auditiva en la licencia particular. Esta es una muy buena noticia, porque reconoce el enfoque dual para la comunidad y para las personas sordas”, sostuvo el viceministro de Transporte Camilo Pabón.
Esto abre la posibilidad de que las personas sordas conduzcan vehículos particulares, pero también para que en el futuro se autorice su conducción de vehículos particulares, lo que requerirá que se realicen nuevos estudios, con un enfoque biopsicosocial.
Esto debido a que un concepto del Ministerio de Salud estableció que la deficiencia de la población sorda es sensorial y no física, por lo que se requiere un estudio adicional biopsicosocial es decir que comprenda el bienestar humano y la integración de factores biológicos, psicológicos y sociales para el tratamiento de discapacidades.
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