Valet parking en Bogotá: publican borrador de resolución para regularlo

Entre otras cosas, el documento haría que los prestadores de este servicio paguen por el espacio público que usan. La Secretaría Distrital de Movilidad está recibiendo comentarios del proyecto

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Propuesta ya está en el Concejo de la ciudad. En principio operaría en 3 zonas principales.
Propuesta ya está en el Concejo de la ciudad. En principio operaría en 3 zonas principales.

Desde la Secretaría Distrital de Movilidad publicaron el proyecto de resolución para adoptar el “Protocolo para el aprovechamiento económico del espacio público de la actividad de valet parking en vía pública en modalidad de corto plazo”, una iniciativa del concejal Diego Laserna para reglamentar el funcionamiento de ese tipo de empresas en Bogotá.

Según el cabildante de la Alianza Verde, el borrador “tiene unas cosas bastante básicas que quizás la mayoría de las personas ya creían que existían” y está enfocado en tres aspectos.

Parqueaderos fuera de vía

Uno de los aspectos que aborda este borrador es la exigencia de que las empresas de valet parking registren parqueaderos fuera de vía, en los cuales guardarán los vehículos que les encarguen. Según Laserna, estos son importantes “para que no puedan dejar el carro por ahí, botado en mitad de la calle”.

Según el proyecto, el auxiliar del valet parking tendrá que esperar a los usuarios desde el andén —no sobre la vía— y “solo podrá estacionar los vehículos fuera de vía en los lugares legalmente habilitados para este fin y actualizados en el Registro Distrital de Estacionamientos cuando la plataforma inicie su funcionamiento”. Además, deberán hacer tres registros del vehículo: cuando lo reciben, cuando lo parquean y cuando lo devuelven.

Póliza de seguros

El segundo aspecto es que los prestadores de este servicio adquieran una póliza de seguros, para “que si le pasa algo al carro o a una persona mientras el operario está manejando el carro, responda la empresa de valet parking y no el señor que dejó su carro bajo su cuidado”, dijo el cabildante.

El proyecto exige que la póliza sea “revisada por la Subsecretaría de Gestión Jurídica de la Secretaría Distrital de Movilidad con el apoyo de sus diferentes direcciones. En caso de requerir ajustes en la póliza, la Subdirección de Transporte Privado informará por correo electrónico al solicitante con el fin de que se complementen o ajusten los requerimientos, en un plazo máximo de diez días hábiles”.

Pago por el uso del espacio público

El tercer aspecto destacado por Laserna es que las empresas de valet parking paguen por el uso del espacio público de Bogotá. Los prestadores de este servicio tendrán que pagar por los daños que ocasionen en el mobiliario público. Además, estarán sujetos a una fórmula aritmética para calcular —desde una base de 141.567 pesos por metro cuadrado— cuánto deberán reconocer a la ciudad por el uso de las vías para este servicio.

Según el cabildante, “esos espacios irán a mejorar los espacios públicos en las zonas más necesitadas de Bogotá”.

Consulta del documento

En este momento, la Secretaría de Movilidad está recibiendo comentarios sobre este proyecto de resolución. Puede leerlo a continuación y dejar sus comentarios en el correo electrónico amanaya@movilidadbogota.gov.co.

Reglas anteriores

Ya existen unas normativas y regulaciones que, se supone, están vigentes y garantizan la adecuada prestación del servicio de valet parking. El Registro Distrital de Estacionamiento, RDE, es el encargado del proceso de vigilancia y control del parqueo fuera de la vía. Dicha área es liderada por la Secretaría Distrital de Movilidad y regula también esta actividad económica.

Desde 2020, la información de estacionamientos fuera de vía, parqueos en vía y servicios de valet parking en Bogotá es digital. Según el Decreto 769 de 2019, los operadores tuvieron un plazo de tres meses para actualizar dicha información en el Registro Distrital de Estacionamiento.

Esa información permitió la construcción de un mapa, georreferenciado, donde la ciudadanía puede ver la oferta de parqueaderos públicos y servicios de valet parking por localidad.

El artículo 4 del Decreto 769 dice:

“El Registro Distrital de Estacionamientos recopilará y almacenará, la información asociada a la oferta y la demanda de los servicios de estacionamiento fuera de vía, estacionamiento en vía pública y servicio de valet parking en vía pública del Distrito Capital”.

Dicha norma cobija a “toda persona natural o jurídica” dentro del marco de Sistema Inteligente de Estacionamientos. Allí mismo, señala a que la implementación está a cargo de la Secretaría Distrital de Movilidad.

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