El presidente Duque anunció que revisará si las postuladas para ejercer como alcaldesa encargada de Medellín cumplen con los requisitos

El Movimiento Independientes, con el que Daniel Quintero llegó a la Alcaldía de Medellín, presentó la terna de mujeres que podrían ocupar el cargo

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Iván Duque anunció un gran aumento salarial para los miembros de la Policía Nacional. Foto: Colprensa - Mariano Vimos
Iván Duque anunció un gran aumento salarial para los miembros de la Policía Nacional. Foto: Colprensa - Mariano Vimos

Tras la salida provisional de Daniel Quintero de la Alcaldía de Medellín, el presidente Duque deberá elegir a la persona que ocupara ese cargo mientras se adelantan las respectivas investigaciones del caso. Aunque en el momento Juan Camilo Restrepo está encargado de la administración, por decisión de Iván Duque, el Movimiento Independientes ya presentó la terna que deberá tener en cuenta el alto mandatario.

Es de recordar que la Procuraduría General de la Nación, en una polémica decisión ordenó la salida de Quintero del cargo por supuesta participación política.

Luego de la salida de Quintero, el presidente eligió al alto comisionado para la Paz como encargado de la Alcaldía de Medellín. Sin embargo, la norma indica que el cargo debe ser ocupado por un candidato presentado por el partido o movimiento de gobierno.

Por eso, el Movimiento Independientes presentó una terna de tres mujeres que están en la capacidad de administrar la ciudad. Las funcionarias que podrían entrar en encargo a la alcaldía son: Andree Uribe, actual secretaria de Salud; Camila Villamizar, secretaria de Gobierno, y Karen Delgado, secretaria de Suministros y Servicios.

Aunque parece que es un panorama normal, lo cierto es que todo este proceso ha sido polémico y ha generado comentarios de lado y lado. En este caso, sobre la elección de la nueva alcaldesa encargada, al movimiento de gobierno y sus adeptos, les preocupa la demora en la elección por parte del presidente Duque.

Hasta el momento, el alto mandatario no ha fijado la fecha en que se elegirá a la persona para ocupar ese cargo.

Pese a los comentarios que han surgido frente a las presuntas “trabas” por parte de la Presidencia, Iván Duque aseguró que todo el proceso se realizará de acuerdo con la norma. Lo principal es revisar que los perfiles de las funcionarias cumplan los requisitos que se exigen para estar en la cabeza de la Alcaldía de Medellín.

“Eso está reglado por la ley, se hace la valoración, se miran los perfiles, se analizan, y una vez se surtan todos esos procesos, se toma una decisión”, explicó el presidente de Colombia.

Así mismo, agregó que la elección “depende de si las hojas de vida cumplen con los requisitos. Depende de cómo están las situaciones de pertinencia de los perfiles, que no tengan ningún tipo de antecedentes disciplinarios o penales, lo que establece la ley”.

En caso de que no exista ninguna irregularidad en los perfiles presentados por el Movimiento Independiente, se espera que la alcaldesa encargada de Medellín sea elegida esta misma semana.

La destitución de Daniel Quintero

La Procuraduría acusa a Quintero de haberse involucrado en política electoral los días 12 de febrero, 13 y 17 de marzo, el 5 y 8 de abril, el 6 y el 10 de mayo, cuando se conoció la decisión del organismo de control. El documento lleva la firma del viceprocurador general, Silvano Gómez, y consta de 22 páginas en las que consignan las publicaciones en redes sociales y declaraciones a medios de comunicación que probarían la infracción.

Sin embargo, el Código General Disciplinario del que se valió la procuradora para suspender a Quintero aún está en entredicho y la Corte Constitucional de Colombia podría derogarla.

En el nuevo Código General Disciplinario, también conocido como la Ley 1952 de 2019 se establece que el Ministerio Público puede “ejercer funciones jurisdiccionales para la vigilancia superior de la conducta oficial de quienes desempeñan funciones públicas, inclusive los de elección popular y adelantar las investigaciones disciplinarias e imponer las sanciones de destitución, suspensión e inhabilidad y las demás establecidas en la ley”, dice el artículo 2.

No obstante, esta nueva atribución de la Procuraduría está siendo revisada por la Corte Constitucional de Colombia, jurisdicción de lo contencioso administrativo, cuyo máximo estrado es el Consejo de Estado.

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