En cuáles casos opera la exoneración del servicio militar en Colombia

El domingo 15 de mayo se conmemora el Día Internacional de la Objeción de Conciencia, es decir, la negativa de las personas a tomar las armas, participar en la guerra y practicar cualquier tipo de violencia

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En las últimas semanas se conoció una polémica respecto al reclutamiento presuntamente forzado de varios jóvenes en el Valle del Cauca, por parte del Ejército Nacional. Dentro de Latinoamérica son varios los países los que cuentan con el servicio militar voluntario, incluso algunos pasando por dictaduras, destacando el caso de Chile y Argentina. Por su parte, Ecuador, Bolivia y Venezuela cuentan con la opción voluntaria para alistarse dentro de las filas del ejército de sus países.

Desde la Constitución de 1886 está consigando que todo varón colombiano está obligado a presentar el servicio militar como reservista de primera o segunda clase, a partir de la fecha en que cumpla su mayoría de edad y hasta el día en que cumpla 50 años.

Han sido muchos lo intentos que se han realiazado para eliminar esta medida. El último de ellos fue presentado el pasado 1 de marzo por el senador del partido Alianza Verde, Antonio Sanguino, el congresista presentó una demanda ante la Corte Constitucional para cambiar esta política de Estado.

El principal argumento de Sanguino es que este concepto va en contra de la igualdad y equidad entre los hombres colombianos. El senador precisó que los varones de los estratos 0,1, 2 y 3 son los objetivos directos para presentar el servicio militar.

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Hasta el momento, unicamente tienen salvedad de abstenerse de prestar el servicio militar, aquellas personas que presenten los siguientes casos:

  • Si es huérfano, y ve por su familia sustituta (padres, hermanos, familiares, etc.)
  • Si dentro del matrimonio es hijo único.
  • Si ya es padre de familia.
  • Si está en condición de discapacidad.
  • Sí alguno de sus padres fue abatido en combates contra grupos al margen de la ley.
  • Si la persona ha dejado de tener el componente masculino según sus orientaciones.
  • Si está incluido dentro del programa de protección de víctimas.
  • Objeciones de conciencia: Aquellas personas que, por diferentes razones éticas en un estilo de vida filosófica o religiosa, no tenga permitido el uso de armas.

Justamente, el domingo 15 de mayo se conmemora el Día Internacional de la Objeción de Conciencia, una figura que opera en Colombia desde que fue reconocida por la Corte Constitucional en la sentencia C-728 de 2009. En esta fecha, se celebra la negativa de las personas a tomar las armas, participar en la guerra y practicar cualquier tipo de violencia.

Sin embargo, el Ejército Nacional ha establecido que no toda manifestación de reserva de conciencia es suficiente motivo para no presentar el servicio militar. Esta solicitud debe estar basada en razones concretas que constanten que la persona pertenece a una determinada comunidad religiosa o tienes razones humanitarias de peso.

Esta solicitud debe ser presentada ante el Ministerio de Defensa. Según Leidy Catalina Duque Salazar, docente investigadora del Colegio Jurídico y de Ciencias Sociales de la Institución Universitaria Colegios de Colombia (Unicoc), para reconocerse como objetor de conciencia deben reunirse documentos y elementos de prueba que acrediten la sinceridad de las convicciones.

Para celebrar esta fecha, organizaciones civiles organizarán una campaña en la redes sociales con el hashtag #YoObjetopor, dirigiéndose a las Fuerzas Armadas de Colombia y al Ministerio de Defensa para mejorar la legislación sobre los objetores de conciencia.

En las últimas semanas se conoció una polémica respecto al reclutamiento presuntamente forzado de varios jóvenes en el Valle del Cauca, por parte del Ejército Nacional. Dentro de Latinoamérica son varios los países los que cuentan con el servicio militar voluntario, incluso algunos pasando por dictaduras, destacando el caso de Chile y Argentina.

Es importante resaltar que tras la firma del Acuerdo de Paz fueron muchas las modificaciones respecto al servicio militar, pues en su momento el período para la prestación del servicio era de 24 meses y terminó siendo reducido a 18 meses, además de esto, la bonificación o salario mensual que se le daba a los soldados por sus viáticos y demás gastos, fue duplicado.

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