Universidad Externado realizará jornada de conciliación en Subachoque, Cundinamarca

La conciliación es un medio alternativo de solución de conflictos que ayuda a la descongestión judicial

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La conciliación es un mecanismo que surgió con el propósito de arreglar problemas o conflictos fuera de los estrados judiciales.
La conciliación es un mecanismo que surgió con el propósito de arreglar problemas o conflictos fuera de los estrados judiciales.

El próximo viernes 13 de mayo, la Universidad Externado de Colombia con apoyo de la Corporación ProDesarrollo del Valle de Subachoque, realizará una jornada de recepción de solicitudes de conciliación y asesoría jurídica gratuita para la población vulnerable económicamente del municipio.

Según la universidad, se atenderán asuntos en materia civil, penal, laboral, administrativo, familiar, comercial y económico. De igual forma, se recibirán solicitudes de conciliación, con el objetivo de resolver conflictos y controversias a través de este mecanismo alternativo; las audiencias se tramitarán posteriormente de manera virtual y para ello, pensando en la facilidad de los usuario, Prosubachoque, en caso de ser necesario, facilitará y pondrá a disposición de quienes sean citados a las audiencias las herramientas tecnológicas necesarias para la celebración de las mismas.

María Julieta Villamizar De la Torre, directora del Consultorio Jurídico, detalló a Infobae Colombia los objetivos que quiere alcanzar la Universidad Externado con esta jornada de conciliación que se desarrollará en el municipio de Subachoque.

La finalidad de la jornada que se llevará a cabo el próximo viernes en el municipio de Subachoque es contribuir con la comunidad mediante la recepción de solicitudes de conciliación y asesoría jurídica gratuita para la población vulnerable económicamente de dicho municipio.

De acuerdo con la directiva de la universidad, es importante que los consultorios jurídicos promuevan la conciliación en las zonas rurales y alejadas de la capital y explicó en qué consiste.

La importancia de este mecanismo consiste en que es una forma mediante la cual las partes involucradas en un conflicto lo autogestionan, y buscan así la solución del mismo(...) La conciliación es un mecanismo de resolución de conflictos a través del cual dos o más personas gestionan por sí mismos la solución de sus diferencias, con la ayuda de un tercero neutral y calificado denominado conciliador.

Sobre si este tipo de actividades se replicarán en otros municipios, Villamizar De la Torre aseguró que se estudia la posibilidad de replicar en “otros municipios cercanos a Bogotá, posiblemente ello se realizará a partir del próximo semestre”.

La Universidad Externado invitó a las personas interesadas en resolver conflictos y participar en la jornada a inscribirse en las oficinas de la Corporación “Prosubachoque”, ubicada en la carrera 3 No. 2-49 en el municipio de Subachoque. en el horario de martes a viernes de 8:00 a .m. a 1:00 p. m. y de 2:00 p. m. a 5:00 p. m., y los días sábados de 8:30 a. m. a 1:00 p. m.

Así define la ley los pasos de la conciliación

El primer paso de los interesados en un conciliación es radicar una solicitud en un Centro de Conciliación Público o Privado y diligenciar una solicitud que contenga como mínimo:

Fecha de presentación de la solicitud con Una descripción de lo que se pretende en la audiencia.

Nombre de quien la presenta con su documento de identificación y datos de contacto, nombres de las partes a quienes se convoca con datos de contacto

Relación de los documentos que presenta con la solicitud

Breve narración de los hechos por los cuales presenta la solicitud.

La firma de quien la presenta y las direcciones física o electrónica donde espera respuesta.

En asuntos de familia se requiere anexar documentos como: copia de la cédula de ciudadanía, registros civiles de nacimiento y registro civil de matrimonio. Cuando se trate de bienes inmuebles: certificados de libertad tradición, contratos y los que se requieran para un eventual proceso y su prueba.

Luego de iniciado el proceso, el conciliador cita a las personas en conflicto para que, en una reunión ordenada y tranquila, cada uno manifieste su posición, sus pretensiones y manifieste las propuestas para solucionar el conflicto. De esta reunión se deprenden:

Acuerdo Parcial: las partes acuerdan la solución a una parte del conflicto, y el conciliador en equidad levanta el acta haciendo constar las obligaciones pactadas y los puntos del conflicto en los que no se logró la conciliación, con la anotación que las partes pueden acudir a la justicia formal. El Acta debe ser firmada por las partes y el conciliador en derecho.

Imposibilidad de acuerdo: el conciliador expide una constancia donde se dice que las partes no llegaron a buen puerto con sus diferencias.

Inasistencia: el conciliador suscribe tres días después de la fecha programada para la audiencia una constancia de inasistencia, haciendo referencia a las excusas.

Tanto la constancia como la imposibilidad de acuerdo permitirán a la parte interesada iniciar el proceso en el respectivo juzgado, es decir agotan el requisito de procedibilidad para interponer una demanda.

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