La decisión que tome la juez 29 penal Carmen Ortiz respecto a la solicitud de preclusión de la Fiscalía General de la Nación, tras varios meses de audiencias en esta nueva etapa, determinará el futuro del caso del expresidente Álvaro Uribe.
La togada abrió la audiencia con la advertencia de que sería una diligencia larga. Esto por la importancia del proceso, como las intervenciones de las partes y el Ministerio Público, que tuvieron varios días para exponer sus argumentos y posiciones.
En lo que se ha dicho en audiencia, hay varias posiciones contrarias a la defensa del expresidente Uribe. Primero, la juez dejó claro que la indagatoria será considerada equivalente a una imputación y todas las actuaciones tomadas por ese alto tribunal, antes de que el proceso quedara en manos de la Fiscalía, son válidos, incluso el auto que llevó al exmandatario a ser detenido en agosto de 2020.
Segundo, en ese mismo sentido, la juez consideró que todas las pruebas recopiladas por la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia son legales. Esto contradice los alegatos de la defensa, que sostiene que algunas interceptaciones al teléfono del exmandatario no correspondían al debido proceso. La decisión sostiene que los alegatos de vicios podrán hacerse en otra etapa procesal.
Así las cosas, la juez precedió en su decisión a resolver si las pruebas permiten o no acusar al exmandatario o si estas apuntan o no a una duda fundada de la culpabilidad del procesado, es decir, Álvaro Uribe. Esas son las causales definidas por la Corte Constitucional para decidir una preclusión, como lo ha solicitado la Fiscalía en este caso.
La juez cuestionó al abogado Diego Cadena, apoderado de Uribe y detenido por los mismos delitos, quien contactó a los presos Sinaí, Cadavid y Poli, reclusos de la cárcel de Cómbita. El abogado tuvo una reunión con director del penal, Fabián Rojas, Hernán Giraldo “Cesarín”, que presuntamente le permitieron acceder a los testimonios.
Aunque Cadena ha dicho que no recuerda los detalles y si le contó a Uribe, para la juez la reunión tuvo una importancia que difícilmente podría haber olvidado el abogado. Cuestionó a la Fiscalía por no llamar a Cesarín y al coronel Ricaurte, y que tampoco satisfizo la carga probatoria de que no hubo sobornos.
En el caso de las declaraciones de Juan Carlos Sierra Ramírez, alias El Tuso, la jueza considera que aunque la Fiscalía afirma que coincide con lo declarado con Uribe, las solicitudes de dos cartas al recluso en los Estados Unidos presentan incongruencias que “son susceptibles de abordarse con un mejor esfuerzo investigativo”. Esto significa que podría negar la reclusión, también, en este hecho, para ahondar en las pruebas.
Sobre el presunto soborno en el caso de la exfiscal Hilda Niño, la juez tampoco concedió razón a la Fiscalía. De acuerdo a lo leído en la decisión, las conversaciones interceptadas de ella con Cadena, aunque no se ha probado que hayan intervenido en el traslado carcelario, se refieren a un “señor” que de acuerdo con la exfuncionaria hacía referencia al expresidente Uribe.
La juez deberá analizar seis situaciones (de las cuales ya ha sentado posición en tres) que la Fiscalía desestimó como pruebas de la vinculación de Uribe con fraude procesal y soborno en actuación penal, para definir si se cumple la atipicidad del delito para conceder la preclusión.
Se prevé que sea cual sea la decisión, sea impugnada por una de las partes y el proceso pase a revisión del Tribunal Superior de Bogotá, que será el encargado de definir si mantiene el fallo de la juez 29 penal. Esta decisión, como lo aclaró la togada, no significa la culpabilidad del exmandatario, sino si hay elementos suficientes para continuar o no con el caso.
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