A través de una delegada de la Unidad de Administración Pública, la Fiscalía General de la Nación le imputó cargos al actual alcalde de Chaparral, Hugo Fernando Arce, por presuntas irregularidades detectadas en el contrato de kits alimenticios durante la pandemia.
Se le imputa el delito de la celebración de contratos sin cumplimiento de los requisitos legales al adquirir 1500 kg para familias vulnerables de ese municipio en 2019, por un valor de $119.730.000.
Según la investigación adelantada por la entidad, Hugo ejerciendo su función celebró el contrato número 103 el 3 de abril de 2020 con la empresa FEZ Ingeniería, en el marco del Decreto 000024 del 19 marzo de 2019, que declaraba la calamidad pública y urgencia manifiesta de la localidad, causada por el covid-19.
El funcionario al parecer, no tuvo en cuenta que el objeto social de la entidad contratada estuviera relacionado con el objeto de contrato que se estaba suscribiendo y las incidencias de ello en el precio ofrecido.
Asimismo, La Fiscalía pronunció que no se verificó si la empresa tenía la capacidad financiera, orgánica, y de personal necesaria para desarrollarlo, lo que conllevó a que se pagara por parte de la administración municipal la suma de $28.190.265 más del monto establecido inicialmente por el suministro de los kits nutricionales.
La próxima audiencia será de acusación.
Por orden judicial tiene que llevarse a cabo el proceso de revocatoria al alcalde de Cúcuta Jairo Yáñez
A menos que se quiera ver inmerso en un proceso penal, al gobernador de Norte de Santander, Silvano Serrano Guerrero, le dieron un plazo de 48 horas para que fije una nueva fecha para que se lleve a cabo la revocatoria del alcalde de Cúcuta, Jairo Yañez, que desde enero de este año se viene aplazando.
Según informaron en el noticiero Oriente Noticias, del canal TRO de televisión regional, el juzgado Octavo Administrativo del Circuito de Cúcuta falló a favor de la tutela que interpuso el ciudadano Saturnino Velandia Solano, quien argumentó que no se le respetaron sus derechos al debido proceso y a la participación política, luego de que no se estableciera una nueva fecha para la votación del destino en el cargo de Yañez.
“Se le ordenará a la Registraduría Nacional del Estado Civil, a través del funcionario competente, que en el término improrrogable de 48 horas siguientes a la fijación de la nueva fecha para la realización del mecanismo de participación ciudadana de revocatoria del mandato del alcalde de Cúcuta que establezca el señor gobernador de Norte de Santander, proceda a adelantar los trámites necesarios relacionados con la elaboración y publicación del calendario electoral”, citaron del fallo en ese noticiero.
Entre tanto en el periódico La Opinión reseñaron que, según el juzgado, al ciudadano que instauró la tutela sí se les estaban vulnerado sus derechos por parte de las entidades que tienen que garantizar y darle continuidad a ese proceso electoral.
“En ese orden de ideas, resulta irrefutable, teniendo en cuenta el marco normativo en extenso en líneas precedentes, y conforme al artículo 33 de la Ley 1757 de 2015, que es el señor gobernador de Norte de Santander el competente para convocar nuevamente a las elecciones lo más pronto posible para que el mecanismo no tenga más dilaciones”, citaron de la decisión.
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