Gobierno apelará fallo y Diego Molano seguirá en el Ministerio de Defensa

El fallo en contra del nombramiento del ministro se debe principalmente a la Ley de Cuotas, que establece una mínima participación de mujeres en el gabinete

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El ministro de Defensa de
El ministro de Defensa de Colombia, Diego Molano. EFE/Carlos Ortega/Archivo

Al conocer el fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que revoca el decreto por el cual fue designado Diego Molano como ministro de Defensa, el Gobierno colombiano respondió afirmando que apelará la decisión. Así mismo, se indicó que el funcionario no será removido de su cargo hasta que se ratifique el fallo.

“Se apelará fallo que en primera instancia declara nulidad del decreto de mi nombramiento como MinDefensa por “Ley de cuotas” en gabinete de gobierno. Sigo en mi cargo, hoy en San Andrés trabajando por la seguridad de los colombianos”, dijo el ministro Molano en Twitter.

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó remover a Molano de su cargo como respuesta a una demanda interpuesta por Dejusticia, Sisma Mujer, Humanas y la Red Nacional de Mujeres en febrero del año pasado en la que señalaban que al momento de nombrar a Molano, el Gobierno del presidente Iván Duque incumplíó la Ley de Cuotas. Esto quiere decir que no se cumplía con el porcentaje mínimo de participación de mujeres en el gabinete ministerial.

“Declárase la nulidad del decreto 134 del 6 de febrero de 2021 expedido por el Presidente de la República, por las razones dadas en la presente providencia. En consecuencia, instase al señor Presidente de la República, para que se dé cumplimento lo dispuesto en los artículos 1, 2, y 4 de la Ley 581 de 2000, al momento de nombrar a los ministros de su gabinete, respetando la cuota mínima del 30% de participación de la mujer”, se lee en el fallo expedido por el tribunal.

Las organizaciones explican que al momento de expedir el decreto, el gabinete de Duque solo tenía cinco ministras en los 18 ministerios, es decir, un 27.7 % de mujeres. Por eso, le pidieron al Consejo de Estado anular los nombramientos de Molano, así como los de Daniel Palacios, quien sigue fungiendo como ministro del Interior, y de Víctor Muñoz, actual director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (Dapre). El nombramiento de Felipe Buitrago, entonces Ministro de Cultura, pero el único que a abril de este año ya no está en el cargo, también fue demandado. Todos estos procesos siguen en curso.

De acuerdo con el fallo, el presidente Duque deberá nombrar a otra persona en el cargo que actualmente ocupa Molano, sin embargo, el Gobierno asegura que esto no debe hacerse por el momento. Se deberá esperar a tener una respuesta por la apelación que interpondrá Molano y una vez se sepa si se ratifica o no el fallo, se tomarán decisiones.

En caso de que el fallo inicial se sostenga, el tribunal recordó que el presidente Duque está en la obligación de respetar la Ley de Cuotas al momento de nombrar a los ministros y ministras de su gabinete.

Esta decisión fue celebrada por las organizaciones demandantes, que tildaron el fallo como un precedente judicial con el que esperan que este Gobierno y los venideros respeten y cumplan lo establecido en la Ley de Cuotas.

“Este es un fallo histórico que obliga al presidente Duque a tomarse en serio la Ley de Cuotas y así avanzar en la participación de las mujeres en política. Esperamos que el Presidente no siga dilatando el cumplimiento de la Ley”, dijo Diana Guzmán, subdirectora de Dejusticia.

La pregunta que surge al conocerse esta decisión es qué pasará con la moción de censura a la que será sometido el ministro Molano para que responda por el presunto caso de ejecuciones extrajudiciales, también conocidas como falsos positivos, que habría ocurrido en Putumayo.

Según indica Dejusticia, “este fallo no afecta la moción de censura”, por lo que Molano deberá presentarse en el Congreso de la República el próximo 26 de abril para responder.

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