Hasta el momento en Colombia, hay dos tipos de divorcio, el que se da por mutuo acuerdo y el que se da sin acuerdo. En este último caso, se debe presentar alguna de las nueve causales para la disolución matrimonial, incluidas en el artículo 154 del Código Civil. Pero esto estaría cerca de cambiar.
La Comisión Primera de la Cámara de Representantes aprobó el proyecto de ley que busca que el divorcio en Colombia sea libre, noticia que fue confirmada por el representante a la Cámara por el Valle del Cauca, Juan Fernando Reyes Kuri, quien lidera esta iniciativa.
De acuerdo con el congresista, “hoy el divorcio no se permite con la sola voluntad de uno de los cónyuges, sólo se permite en causales puntuales incluidas en el Código Civil. Lo que buscamos es agregar una nueva causal que sea por la sola voluntad de cualquiera de los cónyuges”.
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En este sentido, Reyes Kuri explicó que las parejas que quieran divorciarse solo tendrán que ir donde un juez y expresar su voluntad. “Por supuesto que deberán respetarse las obligaciones de los hijos y con el otro cónyuge si las hubiere, pero se garantiza el divorcio libre en Colombia y eso es un avance para las libertades en el país”, dijo el congresista. A la iniciativa le restan tres debates para convertirse en Ley de la República.
Las últimas cifras entregadas por la Superintendencia Nacional de Notariado y Registro, el pasado 29 de marzo, revelaron que durante 2021 se incrementaron los casos de divorcio en Colombia. Según dio a conocer el organismo, el año pasado en el país se registraron 16.657 divorcios, mientras que, en 2020 y 2019, la cifra fue de 10.305 y 15.797, respectivamente.
En el proyecto de ley, los congresistas que impulsan esta nueva causal, incluyeron un proceso que se llama “propuesta de divorcio”. “Ahí deben quedar establecidas las obligaciones alimentarias entre las parejas, liquidación de la sociedad, y si tienen hijos se llegarán a acuerdos para la custodia, visitas y crianza. Esto es importantísimo y no debemos pasarlo por alto”, argumentó Reyes Kuri.
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Esta iniciativa tiene también como autores a la representante Katherine Miranda y al representante a la cámara Julián Peinado. La congresista de Alianza Verde expresó que “se siguen respetando las decisiones individuales de los cónyuges para avanzar con los procesos de divorcio libremente, sin afectar los de derechos de su pareja o sus hijos”, señaló Miranda.
En el informe de la Superintendencia de Notariado y Registro se reporta que Bogotá, Medellín, Cali, Bucaramanga y Pereira, siguen siendo las ciudades donde el matrimonio y divorcio se registran con mayor frecuencia.
Estas son las nueve causales expuestas en el artículo 154 del código civil:
1. Las relaciones sexuales extramatrimoniales de uno de los cónyuges.
2. El grave e injustificado incumplimiento por parte de alguno de los cónyuges de los deberes que la ley les impone como tales y como padres.
3. Los ultrajes, el trato cruel y los maltratamientos de obra.
4. La embriaguez habitual de uno de los cónyuges.
5. El uso habitual de sustancias alucinógenas o estupefacientes, salvo prescripción médica.
6. Toda enfermedad o anormalidad grave e incurable, física o síquica, de uno de los cónyuges, que ponga en peligro la salud mental o física del otro cónyuge e imposibilite la comunidad matrimonial.
7. Toda conducta de uno de los cónyuges tendientes a corromper o pervertir al otro, a un descendiente, o a personas que estén a su cuidado y convivan bajo el mismo techo.
8. La separación de cuerpos, judicial o de hecho, que haya perdurado por más de dos años.
9. El consentimiento de ambos cónyuges manifestado ante juez competente y reconocido por éste mediante sentencia.
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