El Escándalo de Foncolpuertos fue un caso de corrupción donde se encontraron a varias personas implicadas por falsificación de documentos públicos, prevaricato, peculado por apropiación y concierto para delinquir, esto último porque las autoridades encontraron que los implicados le cobraban pensiones a la liquidada empresa estatal Puertos de Colombia. La Unidad Nacional Anticorrupción de la Fiscalía General de la Nación evitó que se desembolsaran dos billones de pesos y vinculó a 39 personas en este escándalo.
En este escándalo, Marcelina Cundumí Díaz fue condenada el 22 de septiembre de 2017, por un juzgado en Bogotá a 82 meses y 26 días de prisión, por los delitos de peculado por apropiación consumado y agravado, inhabilidad para el ejercicio de derechos y funciones públicas, se le impuso el pago de una multa de 500 millones de pesos, además, de una prohibición para ejercer el derecho.
Pero, el 6 de diciembre de 2018, sabiendo su condición de imputada, firmó el contrato 125, de ese año, donde también está la tinta de Harvey Danilo Suárez, este último representando a la Jurisdicción Especial para la Paz, mientras que la señora Cundumí aparece como contratista y representante de la Asociación Agropecuaria Sonia Cundumí Díaz, ASOSOCUND.
Según El Colombiano, el hoy secretario Suárez reconoció la firma del contrato por casi 6 mil millones de pesos, pero que, para este caso, el Ministerio del Interior es la entidad encargada de revisar los antecedentes y requisitos legales, junto con otras entidades estatales.
De hecho, el caso de Marcelina Cundumí estaba en el Tribunal Superior de Bogotá, el cual, en el año 2019 ratificó la decisión previa del juzgado, donde se le prohibió y se le inhabilitó para contratar con el Estado.
Es por esto que mediante un comunicado, la Jurisdicción Especial para la Paz, anunció que interpuso una denuncia penal en contra de Marcelina Cundumí, por ocultar una inhabilidad al momento de firmar dos convenios con la JEP.
“Cuando la Secretaría Ejecutiva suscribió los convenios 125 de 2018 y 488 de 2020 con la Asociación Agropecuaria Sonia Cundumí Díaz (ASOSOCUND), su representante legal, Marcelina Cundumí Díaz, ocultó las inhabilidades legales que tenía para contratar con el Estado y una condena de primera instancia que existía en su contra no había sido reportada a los sistemas de información de la Procuraduría General, la Contraloría General y la Policía Nacional”.
En la publicación aseguran que ASOSOCUND fue seleccionada luego de obtener la mayoría de los votos en la Comisión Sexta del Espacio Nacional de Consulta Previa, lo que quiere decir que si debieron revisar los requisitos y antecedentes de la firma, la cual conformó una unión temporal con el consejo comunitario de la comunidad negra de San Marcos.
El convenio 125 de 2018 buscaba “aunar esfuerzos técnicos, administrativos, operativos y financieros para el fortalecimiento cultural, la socialización y la consulta previa con las organizaciones y comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras en el marco de las decisiones e instrumentos del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición”. El convenio 488 de 2020 se dio para concretar la operación del protocolo de relacionamiento entre la JEP y las comunidades negras, afrocolombianas, palenqueras y raizales”.
Incluso el comunicado asegura que, al momento de realizar los convenios, la JEP verificó la existencia de posibles sanciones e inhabilidades vigentes de Marcelina Cundumí, en las bases de datos de la Procuraduría, la Contraloría y la Policía Nacional, donde no se reportó sanción o inhabilidad alguna.
De hecho, la JEP manifiesta que, mediante el convenio, se realizaron socializaciones, foros y protocolos entre pueblos indígenas, negros, afrocolombianos, raizales y palenqueros en 12 departamentos.
“Todos estos convenios aportaron efectivamente al cumplimiento de los compromisos asumidos por la JEP en el marco de la consulta previa con los pueblos negros, afrocolombianos, raizales y palenqueros. Finalmente, es preciso indicar que estos convenios fueron auditados en su integridad por la Contraloría General de la República, hallándolos conforme a los estándares de la debida ejecución fiscal”.
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