Respondiendo a un derecho de petición presentado por la Red de Veedurías Ciudadanas, el Consejo de Estado (CNE) aseguró que no conoce las inhabilidades que puedan presentar los candidatos a la presidencia o a la vicepresidencia, por tanto, no es la entidad competente para revocar la inscripción de Luis Gilberto Murillo como coequipero de Sergio Fajardo, de la Coalición Centro Esperanza.
Según el CNE, el artículo 91 del Código Electoral señala que la competencia se debe realizar ante la Registraduría Nacional del Estado Civil.
“En consecuencia, esta Sala tampoco está facultada para anular o revocar tales inscripciones. (...) Resulta importante recordar que el régimen jurídico constitucional y legal distingue entre las calidades o requisitos para ser candidato a un cargo de elección popular, de las inhabilidades e incompatibilidades para quienes pretendan ser elegidos al mismo para anular o revocar tales inscripciones”, sostuvo el Consejo de Estado.
Hay que recordar que a finales de marzo, la Red de Veedurías Ciudadanas denunció que la Corte Constitucional emitió una sentencia en 2012 en la que ordenó negar la oportunidad a Murillo de ocupar cualquier cargo público por el resto de su vida.
“El Consejo Nacional Electoral, a través de decisión impartida por el magistrado Pedro Felipe Gutiérrez, decidió abocar conocimiento y abrir la investigación o trámite para la revocatoria de la inscripción de la candidatura del señor Gilberto Murillo Urrutia”, dijo Pablo Bustos, presidente de la Red de Veedurías.
La organización demandante aseguró que la sentencia, que se extiende más de 48 páginas y fue emitida en 2013, indica que cuando Murillo era director de la Corporación Autónoma Regional para el Desarrollo Sostenible del Departamento del Chocó (Codechocó), incurrió en peculado al desviar recursos que estaban definidos en el presupuesto del Estado. El político usó cinco millones de pesos para reparar el techo de una escuela de Andagoya cuando el dinero era para saneamiento minero.
Por esta razón, el Tribunal Superior de Quibdó sentenció a Murillo a seis meses de prisión. Cabe anotar que más de una década después, se abrió un caso en su contra mucho más profundo que terminó con su inhabilidad.
El proceso inició en 2011 y se creó justamente para solicitar la inhabilidad de Murillo. Al final, en 2013, se concedió la medida y el político fue destituido, pues en ese entonces ocupaba, por segunda vez, el cargo de gobernador del Chocó.
Hay que anotar que Murillo interpuso una acción para anular la decisión, pero la Corte Suprema la negó, por lo que posteriormente la Corte Constitucional confirmó (en la sentencia SU917/13) la decisión de suspenderlo de manera vitalicia. Se explicó que el fallo se adapta a la decisión del Consejo de Estado que le niega el principio de favorabilidad para aplicar a cargos públicos, y que lo destituyó en 2012 porque su inhabilidad seguía vigente.
A pesar de esto, de acuerdo con la campaña de Luis Gilberto Murillo, esta decisión finalmente fue cancelada y el líder político fue exonerado en 2015. Una muestra de que esta decisión no fue aplicada es que en 2016 fue designado como ministro de Ambiente por el presidente Juan Manuel Santos, y hasta el final de su gobierno, dos años después, pudo ejercer sin que hubiera polémica por la inhabilidad
Hasta ahora ningún miembro de la Coalición Centro Esperanza se ha pronunciado sobre el documento que le impediría a Murillo ser la fórmula de Fajardo.
Si se ordena que Murillo debe retirarse como coequipero de Fajardo, este último debe elegir a otra persona para que lo acompañe en esta carrera electoral. Días previos a que se confirmara al político chocoano como su fórmula vicepresidencial, se habló de que la comunicadora Mabel Lara o la senadora Juanita Goebertus podrían acompañar a Fajardo en su aspiración.
Esta situación debe definirse pronto, pues el país está a menos de dos meses de la primera vuelta presidencial. Hasta el momento hay nueve candidatos, con sus respectivas fórmulas, aspirando a llegar a la Casa de Nariño.
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