La Corte Constitucional extendió al Estado de Cosas Inconstitucional sobre el sistema penitenciario y carcelario del país, al constatar que existe una violación de los derechos fundamentales de las personas privadas de la libertad, que son recluidas en inspecciones, estaciones y subestaciones de Policía y unidades de reacción inmediata (URI).
Estas situaciones se derivan del hacinamiento, fallas estructurales, ventilación, servicios sanitarios y de salud.
Al estudiar 9 tutelas, la Sala Plena de la Corte, ordenó entre otras medidas, el traslado de presos para descongestionar sus celdas. Constató que la situación de hacinamiento se desbordó tanto, que las personas que son recién capturadas no pueden ingresar al sistema penitenciario y carcelario, los procesados son custodiados en lugares no aptos que garanticen una reclusión digna.
“Por esta razón, las personas detenidas son custodiadas en espacios que no son aptos para garantizar una reclusión digna y son sometidas a una violación sistemática de sus derechos”, indicó la Corte al señalar las causas de esta situación se encuentran en diferentes fases de la política criminal del Estado.
El alto tribunal, dictó una serie de órdenes a corto y largo plazo para solucionar la crisis de derechos humanos, que implica la construcción de prisiones, el traslado de personas condenadas que están en dichos centros a cárceles, así como adecuar nuevos lugares con condiciones dignas.
Para la Corte, las causas que explican que esta situación se presente se debe a varios factores como la existencia de vacíos normativos en la distribución de competencias entre autoridades de los distintos niveles territoriales, altos índices de criminalidad, la aplicación excesiva y abusiva de la detención preventiva, entre otras.
Además, identificó que la aplicación de la regla del equilibrio decreciente, que es una clase de “remedio” judicial, es actualmente insuficiente para enfrentar la crisis, ya que esta establece que las autoridades competentes solo podrán autorizar el ingreso de personas a estos establecimientos únicamente cuando el número de personas que entran sean igual o menor a las que salen.
Lo que dice el Ministro de Justicia y el director de la INPEC
Este miércoles Wilson Ruiz, ministro de Justicia, se pronunció sobre el fallo de la Corte Constitucional, indicó que es deber del gobierno acatar la extensión del ECI, por lo que anunció que comenzarán con los traslados de los condenados que estén en los centros a cárceles del orden nacional.
“Tenemos un total de 22.741 privados de la libertad (en centros transitorios), de los cuales 2.643 son condenados. Le he dado la instrucción al general Tito Castellanos (director del Inpec) para sacar a esos condenados a los centros de reclusión el orden nacional”, señaló el ministro de Justicia.
Además, Ruiz añadió que la reducción de la sobrepoblación que hay en las cárceles nacionales, que hoy registran un 19% de hacinamiento, “lo que ha dicho la Corte es que es tolerable hasta un 20%”.
Por su lado, el nuevo director del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), Tito Castellano, comentó que en estos momentos la prioridad es recibir todos los condenados que están en las estaciones de Policía y en las URI, aclaró que en las primeras hay actualmente 2.295 personas, y en las segundas, 348, para un total de 2.643.
“Una vez tuvimos conocimiento de la sentencia, empezamos a hacer las coordinaciones entre los diferentes directores de centros de reclusión a nivel nacional con los comandantes de departamento de Policía y directores de Fiscalía. Estamos en esa coordinación y en un tiempo no mayor a 15 días podemos estar discutiendo que todos los condenados deben estar a buen recaudo del Inpec”, finalizó Castellanos.
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