Superitendencia adviertió a los empresarios que han cancelado conciertos que tienen que devolver el dinero

Los organizadores deben suministrar información oportuna, clara, veraz, suficiente, verificable, comprensible, precisa e idónea a los consumidores, enfatizó la entidad

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Colprensa
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Este año se vivió uno de los momentos más escandalosos en el sector de eventos y entretenimiento en el país. Un día antes de su inicio, se hizo el anuncio de la cancelación del Jamming Festival. Ante este tipo de adversidades, la Superintendencia de Industria y Comercio planteó unas estrictas reglas para evitar que más ciudadanos resulten afectados por este tipo de incumplimientos.

Inicialmente, destaca la entidad, y según la delegatura para asuntos jurisdiccionales, desde el año 2020 hasta la fecha se han recibido 1.159 demandas contra empresas del sector de eventos y espectáculos por la modificación o cancelación de eventos. Es de tener en cuenta que los eventos empezaron a retomarse desde hace algunos meses, cuando la pandemia de coronavirus en el país comenzó a perder la letalidad que inicialmente tenía.

De las más de 1.000 denuncias, 589 se han establecido alegando una violación a derechos y la efectividad de la garantía porque no se prestó el servicio.

Ahora, con los señalamientos hechos por el organismo, se ordena que las reclamaciones asociadas a las garantías por la cancelación o modificación de los espectáculos, que se originen en el cumplimiento de las medidas para contener la pandemia, deben tramitarse en los términos y plazos que se encuentran descritos en el artículo quinto del Decreto 818 de 2020.

Esto, entonces, significa que en caso de que los organizadores de eventos reciban solicitudes de retracto o desistimiento, por ejemplo, podrán realizar la devolución o reembolso de los dineros hasta un año después de que termine la emergencia sanitaria. Esto tiene validez para espectáculos programados desde el 12 de marzo de 2020 hasta el fin de la emergencia que, hasta el momento, estaría siendo decretada el 30 de abril de 2022. Todas aquellas razones que se salgan de las ya mencionadas, deberán tramitarse según las normas del Estatuto del Consumidor.

Se planteó, también, que desde la Superintendencia existe la entera facultad de ordenar “cualquier tipo de medida” para proteger a los ciudadanos que estén exentos a ser víctimas de daños o perjuicios en caso de suspensión, cancelación o reprogramación de eventos. Se invitó, también, a que los consumidores interpongan las denuncias suficientes en caso de ver sus derechos vulnerados ante la delegatura de Asuntos Jurisdiccionales de la Superintendencia de Industria y Comercio.

La circular de la SIC establece que los organizadores y promotores de espectáculos públicos “deberán suministrar información oportuna, clara, veraz, suficiente, verificable, comprensible, precisa e idónea a los consumidores sobre la suspensión, cancelación o reprogramación de espectáculos públicos de las artes escénicas”.

Fue el pasado mes de marzo cuando la Superintendencia anunció que abriría una investigación administrativa en contra de los organizadores del Jamming Festival 2022, en el que se iban a presentar artistas como Don Omar, Caifanes y UB 40 en Ibagué, por el incumplimiento de instrucciones al no presentar información requerida por la entidad.

“Con ocasión a los requerimientos de información efectuados a la empresa ‘Buena Vista Eventos E.U.’, la Supreindustria abrirá una investigación administrativa por el incumplimiento de instrucciones al no presentar la información requerida desde el 11 de marzo de los corrientes, así como por no asistir, ni atender la mesa de trabajo convocada de manera urgente por esta autoridad para el 14 de marzo causando afectaciones a los consumidores”, indicó la entidad.

Esta decisión de la Superindustria corresponde a la solicitud de la autoridad que buscaba prevenir posibles afectaciones contra los asistentes a este concierto por algunos los cambios que habían anunciado los organizadores frente al evento, en el que días previos a la cancelación total, que de hecho se conoció por la Alcaldía de Ibagué, y no directamente por los organizadores, se rumoraba que no se iba a realizar.

Asimismo, solicitó verificar las consecuencias jurídicas al anunciar la cancelación de este evento un día antes de su desarrollo, con el propósito de determinar si existió una vulneración de los presupuestos legales de protección al consumidor, a la vez que pidió librar requerimientos a la sociedad ‘Operaciones y Servicios Turísticos S.A.S’ quienes son los propietarios del parque en el que se iba a llevar a cabo el concierto, así como a la Alcaldía de Ibagué.

“La Superintendencia ordena el cese de la promoción, publicidad y venta del evento ‘Jamming Festival 2023′ por parte de la misma empresa, hasta tanto no de una respuesta y solución efectiva por los hechos acontecidos con el evento ofertado, anunciado y vendido para este año (2022)”, indicó la entidad.

Por último, solicitó trasladar las múltiples denuncias a la Fiscalía General de la Nación con el propósito que el ente acusado determine, en el marco de sus competencias, si se han cometido delitos los cuales requerirán una sanción, así como lo han solicitado cientos de ciudadanos que había comprado sus boletas para el evento que se iba a desarrollar durante tres días.

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