CNE impugnó tutela que le dio un plazo de 10 días para certificar revocatoria del alcalde Daniel Quintero

La defensa solicitó que se revoque la sentencia de primera instancia y se declare la improcedencia de la tutela

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Consejo Nacional Electoral de Colombia. Archivo particular.
Consejo Nacional Electoral de Colombia. Archivo particular.

Este jueves el Consejo Nacional Electoral (CNE) impugnó el fallo de la tutela emitido por el Tribunal Superior de Medellín que le ordenaba certificar o no el proceso de revocatoria del alcalde Daniel Quintero en un plazo de 10 días.

La decisión del Tribunal se dio el pasado 25 de marzo, cuando decidió resolver alrededor de 40 tutelas por el proceso contra Quintero. Los recursos aseguraban que desde hace más de un mes, el proceso para sacar a Daniel Quintero de su cargo de alcalde está estancado debido a que el CNE no ha expedido una certificación de los estados contables de la iniciativa de revocatoria.

Por ese motivo, el Tribunal Superior de Medellín falló a favor de las tutelas interpuestas por miembros de los comités revocatorios, quienes aseguraban que se estaría dilatando la implementación del mecanismo. En el documento, la entidad estableció un plazo de 10 días, que se cumple el próximo 7 de abril, para que el CNE expida la certificación de los estados contables de la iniciativa de revocatoria.

La razón de la impugnación del CNE

A pesar de que ya había pasado la mitad del tiempo estipulado por el tribunal, la abogada defensora del CNE, Yaneth Linares Vega, solicitó que “revoque la sentencia de primera instancia (...) y en su lugar, se declare la improcedencia de la tutela por la no vulneración de derechos fundamentales algunos”.

El diario El Colombiano conoció el texto de impugnación de la defensa del CNE. Allí se alega que la entidad no ha incurrido en “una dilatación injustificada” en el trámite, por lo que considera que los derechos de los tutelantes no han sido violentados.

“Con el ánimo de no incurrir en irregularidades que generen violación a los derechos fundamentales de las partes en tutela y por la complejidad del asunto, debemos actuar con cautela y conforme lo ordena la normatividad que rige la materia”, sostuvo Linares en el documento.

En contexto: Revocatoria de Daniel Quintero: ordenan al CNE certificar en 10 días los estados contables

Sobre el recurso que interpuso la CNE, uno de los líderes de la revocatoria, Andrés Rodríguez, se pronunció al respecto. “Increíblemente, el CNE impugnó el fallo de tutela del Tribunal Superior de Medellín. Esto no afecta en absolutamente nada el plazo de 10 días para certificar los estados contables, que termina el 7 de abril”, expuso el vocero en sus redes sociales.

El miembro de uno de los comités revocatorio volvió a recalcar su tranquilidad frente a los estados contables debido a que, “toda esta documentación se entregó perfectamente”. Rodríguez también indicó que están atentos a la decisión que tome el CNE y estánd decididos a “llegar hasta la última instancia — explicó el líder —. Una contabilidad de 200 millones de pesos no debería tomarles más de cuatro meses”.

Cabe recordar que el concepto que emita el Consejo determinaría si los promotores del proceso sobrepasaron los topes de gastos o se ajustaron a lo establecido en la ley. En tal caso de que el CNE no expida la certificación tal como lo ordenó el tribunal, el caso se remitirá a la Corte Constitucional.

Por otro lado, la tutela presentada por los comités también estaba interpuesta en contra de la Registraduría, debido a que consideraban que la entidad también estaría dilatando el proceso de revocatoria; sin embargo, el tribunal desestimó esto en el fallo.

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