Hasta este jueves hay plazo de renovar la matrícula mercantil. Le contamos cómo puede realizarlo y qué necesita. Tenga en cuenta que, por ley, es necesario renovar el registro dentro de los tres primeros meses de cada año, pues este documento certifica que su negocio existe. La Cámara de Comercio de Bogotá (CCB) indica que hacerlo le “permite a todos los empresarios ejercer cualquier actividad comercial y acreditar públicamente su calidad de comerciante”.
Los que deben renovarla son todas las empresas y establecimientos comerciales, incluyendo misceláneas, ferreterías, peluquerías, panaderías y demás negocios.
¿Qué necesita para renovar?
1.Tener la información financiera con corte al 31 de diciembre del año anterior, es decir, hasta el 31 de diciembre del 2021. 2. Diligenciar el formulario de renovación, el cual deberá estar firmado por el propietario o representante legal. Y lo pueden hacer ingresando al portal de la Cámara de Comercio de Bogotá, y acceder con la clave virtual que le fue asignada para efectuar transacciones correspondientes con la entidad. De no tener esta clave, debe solicitar una a través del apartado ‘Trámites y Consultas: generación de clave virtual’.
Estando allí deberá actualizar su información personal completando las casillas con número de celular, correo electrónico, dirección de su empresa o establecimiento de comercio, actividades comerciales que desarrolla, y la información financiera de la empresa y establecimientos de comercio.
Luego de hacer todo ese proceso, deberá realizar el pago ya sea forma virtual, a través de PSE, o imprimir la orden de pago para cancelar directamente en alguna de las sedes de la Cámara de Comercio de Bogotá o en una entidad bancaria. También está la opción de hacer pagos presenciales, en esa deberá generar su orden de pago e imprimirla para realizarlo en alguna de las sedes de la CCB .Tenga en cuenta las siguientes disposiciones que detalla la entidad en su sitio web:
- Sedes con servicio al público, del 1 al 31 de marzo de 2022, entre las 8:00 a.m. a 5:00 p.m.: Salitre (sede principal ubicada en la avenida El Dorado # 68D - 35), Kennedy, Centro, Cedritos, Chapinero, Norte, Fusagasugá, Zipaquirá, Chía, Soacha y punto de atención Ubaté.
- Con excepción del sábado 26 de marzo que, pese a que todas las sedes estarán abiertas, el horario será de 9:00 a.m. a 1:00 p.m.
- Del 28 al 31 de marzo la sede Centro solo atenderá para renovaciones de matrícula mercantil y ESALES, Certificados y Cancelaciones de matrícula.
Cabe resaltar que las empresas que están al día con su negocio pueden acceder a oportunidades como los beneficios del Gobierno Nacional y otras organizaciones. En el caso de la Cámara de Comercio de Bogotá los empresarios pueden acceder a más de 1000 servicios, la mayoría de los cuales son gratuitos.
Igualmente, al realizar la renovación de la matrícula mercantil, podrán acceder a la base de datos gratuita de los empresarios a nivel nacional; a cuatro pasaportes CCB gratis para el Parque Mundo Aventura; a un bono de descuento para diplomados presenciales o en línea en vivo por valor de $300.000 y a programas de fortalecimiento empresarial.
“Cuando matricula su empresa, usted puede obtener nuevas oportunidades de mercado, acceder a todos los servicios gratuitos que la Cámara de Comercio de Bogotá (CCB) genera para sus empresarios (ofrecer los productos en internet, recibir acompañamiento gratuito de consultores, participar en capacitaciones, y mucho más); ser proveedor del estado, y hasta solicitar créditos con mayor facilidad”, explicó la entidad.
Además, tenga en cuenta que como comerciante tiene algunas obligaciones de acuerdo con el artículo 19 del Código de Comercio ¿Cuáles son sus obligaciones como comerciante y qué pasa si no cumple con ellas?
-Matricularse en el Registro Mercantil y realizar su renovación anualmente.
-Inscribir en el Registro Mercantil todos los actos, libros y documentos.
-Llevar contabilidad regular de sus negocios conforme a las prescripciones legales.
-Conservar, con arreglo a la ley, la correspondencia y demás documentos relacionados con sus negocios o actividades.
-Denunciar ante el juez competente la cesación en el pago corriente de sus obligaciones mercantiles.
-Abstenerse de ejecutar actos de competencia desleal.
En caso de incumplimiento de las anteriores obligaciones se sanciona con multas económicas de hasta 17 Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (SMMLV).
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