La Secretaría Distrital de Movilidad por medio de la Dirección de Gestión de Cobro ordenó el embargo a 837 deudores con infracciones por embriaguez, tras adelantar un proceso de cobro persuasivo.
“La Secretaría Distrital de Movilidad ordenó el embargo a más de 800 ciudadanos de sus productos bancarios y financieros con comparendos por infringir las normas de tránsito en estado de alicoramiento, situación que pone en riesgo la seguridad vial en la ciudad”, destacó el director de Gestión de Cobro, Sebastián Cortés.
Estos embargos, que corresponden a infracciones impuestas entre 2019 y 2022, se realizaron luego de que los deudores morosos fueran notificados con un cobro persuasivo, invitándolos a cumplir con sus obligaciones y cancelar sus multas vigentes.
Es de destacar que conducir en estado de embriaguez es una conducta que representa gran riesgo para la seguridad vial de los ciudadanos. Las multas van desde los $2.811.000 hasta los $44.971.000, según el grado de alcoholemia detectado. Además, conlleva la suspensión o cancelación de la licencia de conducción.
Con esta acción, la Secretaría de Movilidad estima recuperar una cartera que asciende a $12.088 millones. Por eso, hace un llamado a los conductores de la ciudad a respetar las normas de tránsito para evitar multas, que de no pagarse a tiempo pueden llegar a medidas como el cobro coactivo.
“Evitar infringir las normas de tránsito para no recibir comparendos, pero, si te ponen uno, puedes pagar fácilmente a través de varios medios ¡No dejes que se te convierta una mínima deuda en una molestia mayor!”, escribió Movilidad en Twitter, invitando a la ciudadanía que sigan las normas de tránsito y para que paguen sus sanciones, en caso de tenerlas.
La entidad explicó que “un ciudadano puede ser embargado, por tener multas de tránsito sin pagar, saldos pendientes, acuerdos de pago en mora o por tener vehículos en los patios de la Secretaria Distrital de Movilidad. Después de los tiempos que otorga la ley para el pago de las obligaciones, las multas pasan a un cobro coactivo en el que según lo establece la ley, pueden ser ordenados embargos. Una vez sea expedida la resolución a través de la cual se declara al ciudadano como contraventor, la multa pasa a cobro coactivo, en un término que, por lo general es de 30 días posteriores a la comisión de la infracción”.
Y aclaró que “Cuando se hace el embargo de un vehículo o un inmueble, su dueño no podrá venderlo o disponer de este hasta tanto no se ponga al día con sus obligaciones. Por lo tanto, para desembargarlo deberá realizar el pago y solicitar a la SDM el levantamiento de la medida, y la entidad realizará su actualización ante el SIM”.
Igualmente, la entidad adelanta internamente el trámite de desembargo ante la oficina de tránsito o de registro correspondiente; este procedimiento se surte dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al pago efectivo de la obligación o una vez se verifica que la obligación motivo de embargo no registra saldo pendiente por cobrar, de forma masiva y sin que medie una solicitud del interesado.
Es de resaltar que el trámite de desembargo se puede realizar ante la Secretaría de Movilidad de manera presencial o virtual a través del correo electrónico contactociudadano@movilidadbogota.gov.co, por medio de un formato sugerido para este trámite.
Asimismo, hizo un a los ciudadanos sobre los riesgos a la hora de acudir a los llamados tramitadores quienes, en algunos casos, generan falsas expectativas y ofrecen servicios ilegales y en cuanto a la realización de los cursos recomendamos que los mismos sean presentados directamente en la SDM, de lo contrario, el ciudadano debe presentar toda la documentación que soporte la realización de estos.
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