Regularizan a 700.000 venezolanos con el Estatuto Temporal de Protección: Marta Lucía Ramírez

La canciller señaló que esta tarjeta facilitará el acceso a contratos laborales, servicios de salud y bancarios de los migrantes

Guardar

Nuevo

Imagen de archivo de la vicepresidenta y ministra de Relaciones Exteriores de Colombia, Marta Lucía Ramírez, 2021. REUTERS/Luisa Gonzalez/Pool/Archivo
Imagen de archivo de la vicepresidenta y ministra de Relaciones Exteriores de Colombia, Marta Lucía Ramírez, 2021. REUTERS/Luisa Gonzalez/Pool/Archivo

La canciller Marta Lucía Ramírez, anunció que las autoridades colombianas ya han entregado más de 700.000 carnés con el Estatuto Temporal de Protección de venezolanos. La también vicepresidenta explicó que la medida pretende regularizar a los migrantes.

“El Estatuto de Protección de Colombia es un referente que sí están mirando porque hoy la realidad de la migración obliga a todas las naciones del mundo a recibir migrantes”, expresó Ramírez, según Agencia EFE. Las declaraciones de la canciller se dieron en un encuentro con corresponsales internacionales, donde le preguntaron cómo se verían afectados los recursos para atender a los venezolanos con la guerra de Ucrania.

En ese sentido, la vicepresidenta criticó la reducción de los apoyos económicos que ha recibido por parte de la comunidad internacional ante las nuevas migraciones que hay en Europa por la situación de Ucrania. “De todas maneras insistiremos hasta el último día de Gobierno en dejar organizada la mesa de donantes en el siguiente periodo, porque necesitamos que haya solidaridad”, puntualizó Ramírez.

La agencia también comentó Colombia ha recibido alrededor de dos millones de venezolanos debido a la crisis política, económica y social que afronta el país. De esta forma, Marta Lucía Ramírez explicó la responsabilidad que tienen los países de recibir los migrantes, “adoptarlos y hacer que vivan en condiciones digas, que tengan realmente oportunidades y que no estén en tiendas de campaña indefinidamente por quién sabe cuántos años”.

La tarjeta de Estatuto de Protección Temporal se empezó a emitir desde el pasado 13 de octubre de 2021 con el objetivo de facilitar el acceso a contratos laborales, servicios de salud y bancarios. La vicepresidenta también expresó su preocupación por ver “cómo se les da escolaridad a los niños”.

Cabe recordar que antes de esta tarjeta existía el Permiso Especial de Permanencia (PEP), un documento físico que presentaba inconvenientes para acceder a temas laborales y bancarios debido a que era fácil de falsificar. Ante eso, la canciller manifestó que con el Estatuto los migrantes venezolanos que hayan ingresado al país antes de enero de 2021 de manera legal pueden acceder a la tarjeta con mayor facilidad solo presentando el sello del pasaporte.

“Esto que ha hecho Colombia en materia de migración, muchos países nos ha pedido recientemente que les compartamos la experiencia de cómo se diseñó el estatuto (...) Hoy el tema de la migración se va a convertir en uno de los temas más importantes del mundo entero”, aseguró Ramírez ante Agencia EFE.

Entregarán partidas de nacimiento a niños veenzolanos que no tramitaron su documento antes de migrar a Colombia

El pasado 23 de marzo, Eduardo Battistini, el representante de Juan Guaidó ante el Gobierno colombiano, confirmó que todos los niños venezolanos en Colombia, que no fueron presentados en su país, podrán recibir su partida de nacimiento.

“Gracias a la dictadura, miles de niños han salido del país sin ser presentados; por esto y gracias a sólidas relaciones que existentes entre la Embajada de Venezuela en Colombia y la institucionalidad colombiana, logramos el reconocimiento de las partidas de nacimiento realizadas desde la Embajada”, resaltó Battistini.

El único requisito para obtener el documento es presentar el certificado de ‘nacido vivo’ que se entrega al momento del nacimiento del menor, el mismo con el que se tramita la partida de nacimiento en Venezuela. El documento, que se entrega a partir del pasado 23 de marzo, es válido para la inscripción en el Estatuto Temporal de Protección, para la identificación de los menores de edad ante las autoridades colombianas, para la inscripción ante las unidades educativas y como identificación ante las instituciones de salud.

SEGUIR LEYENDO:

Guardar

Nuevo