Exsenador Eduardo Pulgar fue trasladado de urgencia a una clínica en Barranquilla

El Instituto Penitenciario y Carcelario, Inpec, informó que el excongresista, procesado por tráfico de influencias, habría tenido complicaciones en la presión arterial, por lo cual fue llevado a la clínica La Misericordia de Barranquilla

Guardar
El Instituto Penitenciario y Carcelario Inpec, informó que el exsenador Eduardo Pulgar, acusado por el delito de tráfico de influencias habría tenido complicaciones en la presión arterial por lo cual fue llevado a la clínica La Misericordia de Barranquilla.
El Instituto Penitenciario y Carcelario Inpec, informó que el exsenador Eduardo Pulgar, acusado por el delito de tráfico de influencias habría tenido complicaciones en la presión arterial por lo cual fue llevado a la clínica La Misericordia de Barranquilla.

Información suministrada a los medios por parte de la autoridad mencionó que el exsenador de la U Eduardo Pulgar, tuvo que ser llevado a la clínica La Misericordia de la ciudad de Barranquilla, al parecer estaba presentando complicaciones cardíacas y en la presión arterial por lo que debió ser trasladado por urgencias.

“Manifiesta dolor en el pecho, en la parte superior izquierda y presenta la presión arterial alta, por tal motivo se toma la decisión de llevarlo para que sea valorado. En este momento se encuentra a la espera de dictamen médico”, comentó el Instituto Penitenciario y Carcelario Inpec, sobre las complicaciones presentadas por el exsenador Pulgar.

Por el momento no se ha generado más información de la situación por lo que la noticia se encuentra en desarrollo y a la expectativa, ya que se debe recordar que el día de ayer 23 de marzo se negó la solicitud que pretendía frenar el traslado de Pulgar a la cárcel la Picota en la capital.

Sobre el caso del exsenador, en julio de 2020 se revelaron unas grabaciones en las que Pulgar Daza intenta convencer al juez Andrés Rodríguez Cáez, cuando desempeñaba sus labores en el municipio de Usiacurí (Atlántico), para que aceptara un soborno para favorecer a unos patrocinadores suyos.

El reconocido periodista Daniel Coronell mencionó en su columna referente al delito de Pulgar: “El senador se llama Eduardo Pulgar, es miembro del Partido de La U, y fue a hacer la vuelta para favorecer a su amigo Luis Fernando Acosta Osio, el líder de un grupo que con cuestionadas maniobras logró el control de la Universidad Metropolitana de Barranquilla y pretende quedarse también con la Fundación Acosta Bendeck y el Hospital Universitario Metropolitano. Las tres instituciones facturan 80.000 millones de pesos al año”.

En las últimas horas el juez primero civil del Circuito de Soledad negó la acción de tutela que interpuso la esposa del condenado Eduardo Pulgar con el que se pretendía frenar su traslado del batallón militar en Malambo a la cárcel La Picota, en Bogotá.

El juez German Rodriguez Pacheco, en su decisión, argumenta que el derecho a la unión familiar está garantizado en las visitas virtuales que, por la pandemia del covid-19 han sido implementadas, considerando, así, que el derecho reclamado no le es vulnerado a la menor.

Eduardo Pulgar sí se será trasladado a la Picota

“En consideración a las amplias consideraciones de la jurisprudencia tenemos que el derecho fundamental a la unidad familiar puede reivindicarse o mejor, ante la posibilidad de un traslado, como ocurre en el presente evento, su protección se garantiza a través de la utilización de las tecnologías o la virtualidad cuando no sea posible presencialmente” dice el fallo.

Vale recordar que la tutela, que pretendía evitar el traslado de Pulgar a La Picota, la interpuso Ana Ucrós, pareja sentimental del exsenador, argumentando el amparo al derecho de la unión familiar para la hija de dos años que ambos tienen, y el arraigo en el departamento del Atlántico del sindicado .

Sin embargo el Juzgado Primero Civil de Soledad resolvió en el fallo que el traslado no vulnera el derecho invocado por lo que se negará el amparo solicitado.

“Dado lo anterior, conforme con lo cual, no se vulnera el derecho fundamental invocado con el traslado del recluso, toda vez que el derecho fundamental principal invocado de la unión familiar se suple con las visitas virtuales, se negará el amparo solicitado”, se lee en el documento.

SEGUIR LEYENDO:

Guardar