La Secretaría de Ambiente realizó un ejercicio de control a recuperadores específicos de la localidad de Engativá para verificar el trabajo, que adelantan los gestores autorizados por la entidad, especialmente para el manejo de drywall.
Durante el operativo hizo la verificación documental y de procesos de 13 empresas en Engativá, además de la inspección de cómo adelantaban la recolección, recepción, clasificación y acopio temporal de los residuos de construcción y demolición.
En medio del recorrido se realizó el sellamiento temporal de una de las zonas de una bodega, que tendrá que realizar acciones de mejoramiento para el acopio de estos materiales dentro de los próximos 30 días.
“En el marco de la inspección vigilancia y control, la Secretaría de Ambiente realizó un operativo para visitar varios establecimientos de los recuperados específicos. En uno de estos se impuso una medida preventiva por no cumplir con el uso del suelo permitido por la Secretaría Distrital de Planeación para esta actividad y por no tener la evaluación de la Secretaría Distrital de Ambiente para que esas actividades puedan realizarse con plena autorización”, explicó Juan Manuel Esteban Mena, subdirector de Control Ambiental al Sector Público de la Secretaría de Ambiente.
Es de destacar que, la Secretaría establece los lineamientos que rigen tanto a los recuperadores específicos como a los gestores limitados, planta móvil o maquinaria para transformación, Centros de Restauración de Espacios Degradados (CRED), centro de transferencia y disposición final de RCD. En el este también participaron la Secretaría de Gobierno, Alcaldía Local de Engativá y la Policía Metropolitana.
Mena agregó que “durante esta jornada profesionales de la Secretaría de Ambiente entregaron recomendaciones a estos generadores específicos para mejorar las prácticas ambientales en la compra, separación y disposición de este tipo de residuos”.
Los decretos 586 de 2015 y el 555 de 2021 buscan promover un modelo eficiente y sostenible para la gestión de los Residuos de Construcción y Demolición; pero el decreto 555 tiene el objetivo de asegurar la construcción de viviendas con calidad arquitectónica , y espacial que cumplan con los criterios de habitabilidad previstos por el marco normativo vigente, es necesario aclarar la interpretación y aplicación de las normas contenidas en el Plan de Ordenamiento Territorial sobre área mínima habitable y estándar de metros cuadrados por habitación para los proyectos de vivienda colectiva y de soluciones habitacionales con servicios.
Mientras que decreto 586 de 2015, establece que “el Las autoridades ambientales y los particulares darán aplicación al principio de precaución conforme al cual, cuando exista peligro de daño grave e irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces para impedir la degradación del medio ambiente”.
Así como “prohíbe descargar, sin autorización, los residuos, basuras y desperdicios y en general, desechos que deterioren los suelos, causen daño o molestia al individuo o núcleos humanos. Al tiempo que el artículo 37, impone la obligación a los municipios de organizar servicios adecuados de recolección, transporte y disposición final de basuras”.
La entidad indicó que los recuperadores específicos son todas las personas naturales o jurídicas que realizan actividades de aprovechamiento de residuos de construcción y demolición, diferentes a los materiales pétreos, es decir bloques, lozas u otros como tierras de excavación.
Adicionalmente, aseguró que continuarán realizando este tipo de ejercicios para garantizar la correcta disposición y manejo de estos elementos que de terminar en los ecosistemas puede afectar tanto el medioambiente de Bogotá, como la salud de quienes residen en la ciudad.
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