Sancionan al acueducto de Bucaramanga por cobros no autorizados en pandemia

La Superintendencia de Servicios Públicos multó con $478 millones contra la entidad por cobros realizados durante cuarentena

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Sin acreditarse imposibilidad o excepción alguna que la justificara en periodos bimestrales de marzo-abril y abril-mayo de 2020. Foto: bucaramanga.gov.co
Sin acreditarse imposibilidad o excepción alguna que la justificara en periodos bimestrales de marzo-abril y abril-mayo de 2020. Foto: bucaramanga.gov.co

La Superintendencia de Servicios Públicos impuso la multa de $478 millones contra el Acueducto Metropolitano de Bucaramanga por emitir facturación con de los servicios durante la cuarentena por la pandemia en 2020.

Sin acreditarse imposibilidad o excepción alguna que la justificara en periodos bimestrales de marzo-abril y abril-mayo de 2020.

Se hicieron unos cobros que corresponden a los consumos promedios, los cuales legalmente son posibles realizar, según el artículo 146 de la ley 149 de 1994; entonces hay que dejar claro que nosotros no procedimos a realizar cobros no autorizados los usuarios” aclaró por su parte, Sergio Javier Blanco Pérez, gerente comercial del Acueducto de Bucaramanga.

Esto se hizo, según explicó Blanco Pérez, porque durante 13 días, tras decretarse el aislamiento preventivo obligatorio en el marco de la emergencia sanitaria por vocid-19, no se tomó lectura del consumo.

No tomamos lectura porque ese fue el tiempo que nos demoramos para poder implementar los protocolos de bioseguridad que diera la tranquilidad tanto a trabajadores como ciudadanía. A los usuarios no se le cobró más del consumo real porque cuando se volvió a tomar la lectura revisamos y si de pronto a alguien no se le habría cobrado lo que era procedimos a hacer el ajuste en la factura”, aseveró Sergio.

Otras sanciones

Además la Superintendencia sancionó a otras tres empresas de servicios públicos de Colombia, la Sociedad de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Barranquilla, Triple A, y a las empresas de servicios públicos de acueducto de Chaparral y de Natagaima, en el Tolima.

La sanción a la Triple A por $653 millones fue motivada por incumplir la obligación de medir las cantidades de residuos sólidos a los suscriptores con aforo permanente del servicio público de aseo en el municipio de Puerto Colombia, Atlántico, entre febrero y julio de 2020. Esta situación afectó el derecho de los usuarios a la medición y cobro del servicio de acuerdo con la producción real de residuos sólidos.

La sanción por $59 millones al prestador de acueducto de Chaparral se impuso por emitir facturación sin cumplir algunos requisitos legales establecidos en el artículo 148 de la Ley 142 de 1994. Y, la multa de $30 millones a la Empresa de Acueducto de Natagaima se ordenó al comprobarse que facturó por promedio a los usuarios durante el mes de abril de 2020, sin acreditar imposibilidad alguna para hacer la lectura de los medidores.

Estas sanciones, que suman en conjunto más de $1.220 millones, son resultado de investigaciones iniciadas por la Superservicios ante denuncias y reclamos de los usuarios de los servicios públicos por presuntos cobros no autorizados en la época del aislamiento obligatorio por la pandemia en el año 2020″, aseguró la superintendente, Natasha Avendaño García.

A las empresas sancionadas se les ha garantizado el derecho de defensa y se encuentran en el plazo legar para presentar sus recursos de reposición ante la superintendencia.

Procuraduría cita al Alcalde de Turbaco, Bolívar por no concluir obras de acueducto y alcantarillado

Por el supuesto incumplimiento del fallo judicial que ordenaba la finalización de las obras de acueducto y alcantarillado en el municipio de Turbaco, Bolívar, la Procuraduría General de la Nación citó a una audiencia pública al alcalde, Guillermo Enrique Torres Cuéter, así como al exalcalde de esta localidad, Antonio Víctor Alcalá Puello (2016 – 2019).

El órgano de control indicó que la Procuraduría Provincial de Cartagena los investiga porque presuntamente no concluyeron estas obras indispensables para la calidad de vida de los habitantes de este municipio al norte de Colombia, ni trasladando una planta de tratamiento de aguas residuales, acciones ordenadas por el Juzgado 11 Administrativo de Cartagena en respuesta a una acción popular.

“Se evidencia, del análisis de las pruebas arrimadas al expediente, que transcurrieron dos años y tres meses sin que se advirtiera cumplimiento de las órdenes impartidas por el juez en decisión de acción popular por parte del municipio de Turbaco”, señala el Ministerio Público en la decisión.

Asimismo, indicó que debido a esper aparente incumplimiento a la orden judicial, la cual fue instaurada por la vulneración a los derechos colectivos a la salubridad pública, ambiente sano y saneamiento ambiental, de la comunidad, tanto el actual mandatario como el exalcalde de Turbaco fueron declarados en desacato por parte del Tribunal Administrativo de Bolívar.

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