La Superintendencia de Industria y Comercio, a través de la Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor, sancionó a la empresa de domicilios Rappi por un monto de $1.245.000.000 por no tener medidas eficientes y suficientes dentro de su plataforma para evitar la venta de licores a menores de 18 años.
La decisión reflejada en el fallo 10098 de 2022, emitido por el Ministerio de Comercio, da cuenta de una demanda en contra del emprendimiento colombiano por parte de la organización Red Papaz desde septiembre de 2019, que manifestó que la sociedad estaría comercializando bebidas alcohólicas a menores de edad.
Estas quejas en contra de la aplicación no son nuevas. Padres de familia, organizaciones sociales y civiles han denunciado que la aplicación no cuenta con las medidas necesarias para corroborar la edad de la persona que recibe el domicilio. Una cámara de seguridad de un edificio logró captar el momento en el que un rappitendero hace la entrega de licor a un joven de 15 años.
Carolina Piñeros, directora ejecutiva de Red Papaz, habló con Infobae Colombia luego de conocer la sanción a Rappi y afirmó que, “es una decisión valiente e importante que va en la dirección correcta para proteger a niños, niñas y adolescentes. Lo que exigimos es que se cumplan las garantías y obligaciones por la venta de productos alcohólicos.”
Son dos puntos lo que se destacan de la sanción a Rappi. El primero es que la empresa deberá crear una solución tecnológica para garantizar que el receptor del domicilio sea un mayor de edad. El otro, es no emitir publicidad de productos nocivos, especialmente de bebidas alcohólicas, a través de sus redes sociales y hacer énfasis en los perjuicios de consumir licor.
La única forma que tiene Rappi para garantizar que el usuario es mayor de 18 años, es que la plataforma le pregunta, “si es mayor de edad y deja claro que el producto solo puede ser adquirido si la respuesta en afirmativa”. Y argumentan que garantizar que el cliente final sea mayor de edad les excede de su responsabilidad. “Implementar otro mecanismo que garantice la mayoría de edad, es imposible técnica y logísticamente”, se lee en su defensa.
Según Piñeros, Rappi no se puede lavarse las manos y decir que no es su responsabilidad, ya que ellos se lucran de la venta de licores a menores de edad. “Ellos invitan a las personas a comprar bebidas sin verificar la edad de las personas. Deben asumir las responsabilidades de su negocio. Es absurdo lo que dicen, no se puede escudar”.
Durante los dos años que lleva el proceso, las partes se han sentado hablar para llegar a un acuerdo y en estos espacios el representante legal de Rappi, Felipe Villamarin Lafaurie, se ha comprometido en varias oportunidades a solucionar esta deficiencia, pero los resultados no se han visto.
Villamarin Lafaurie, CEO y fundador del emprendimiento le ha manifestado a Red Papaz que capacitar a sus colaboradores es imposible, así se tengan los protocolos, ya que son muchos los pedidos que realizan al día y no tienen un registro consolidado de sus colaboradores.
Ahora Rappi tendrá diez días para apelar la decisión de la Superintendencia de Industria y Comercio. Realidad que conoce Piñeros, que en su charla con Infobae Colombia se mostró complacida por la decisión adoptada, pero sabe que ahora el camino es largo y vendrán más instancias judiciales.
“Lo más importante es que se mantenga el fallo. Ellos se comprometieron a realizar una solución tecnológica que permita mitigar la situación, no tomaron las medidas suficientes y deben respetar la ley”.
SEGUIR LEYENDO: