Niegan demanda que buscaba eliminar la exigencia del carné de vacunación en bares y cines

El Consejo de Estado anunció que se mantiene firme la obligatoriedad de este documento para los establecimientos comerciales de diferente tipo

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Fotografía de archivo. Desde el
Fotografía de archivo. Desde el 16 de noviembre se exigirá el carné de vacunación contra el covid-19 para eventos masivos. Foto: Colprensa

Este viernes 25 de febrero se conoció que el Consejo de Estado negó una demanda que buscaba eliminar la exigencia del carné de vacunación para ingresar a diferentes establecimientos comerciales.

Cabe recordar que desde que el proceso de vacunación contra el covid-19 avanzó en el país, el Gobierno nacional estableció que para ingresar a establecimientos como bares, cines, restaurantes, entre otros, era obligatorio presentar el carné de vacunación contra el virus.

Lo anterior, en busca de velar por la salud pública y evitar que el covid-19 se siga propagando. También, para incentivar la vacunación en todo el territorio nacional.

Ante esta medida, varios gremios se mostraron molestos e incluso, se interpuso una demanda que buscaba eliminar esta exigencia, alegando que muchos ciudadanos no quieren inocularse y por lo tanto se les estaría vulnerando algunos de sus derechos fundamentales, al no permitirles el ingreso por falta de este requisito.

Así mismo, el demandante aseguró que la exigencia del carné para entrar a esos sitios “otorga facultades policivas a particulares, al ser los administradores de bares, restaurantes, cines y demás establecimientos públicos los responsables de verificar si las personas portan o no el carnet de vacunación, cuando en realidad no han recibido formación alguna en el manejo de los datos sensibles”.

Sin embargo, el Consejo de Estado resolvió negar la demanda, es decir, que el carné de vacunación contra el covid-19 seguirá siento un requisito indispensable para entrar a cines, restaurantes y bares, entre otros establecimientos.

El alto tribunal argumentó que el presidente de la República tiene todas las facultades para establecer este tipo de normas. Además, explicó que, “si bien se restringen ciertos derechos fundamentales de las personas no vacunadas, tales garantías no son absolutas, en tanto que su limitación sí resulta necesaria, idónea, proporcional y razonable para conjurar los efectos de la presencia de la covid-19″.

Así mismo, el Consejo de Estado aseguró que muchos de los argumentos relacionados con la violación de algunos derechos de quienes no quieren vacunarse, como el de Habeas Data, que presentó el demandante, no son válidos y en cambio, con este requisito sí se está velando por la salud de manera colectiva.

“No se vislumbra que se origine la segregación o discriminación de los no vacunados, ni la violación del derecho de habeas data y, en cambio, sí se está proyectando un plan para garantizar la sanidad pública en momentos de crisis”, añadió el alto tribunal.

Por lo anterior, se determinó que la exigencia del carné de vacunación contra el covid-19 seguirá siendo requisito para el ingreso a los establecimientos “mientras se mantenga la emergencia sanitaria y hasta tanto no se emita un juicio sobre la legalidad de estos mandatos, las medidas allí establecidas se deben mantener”.

Extienden la emergencia sanitaria en Colombia

El pasado jueves 24 de febrero el Ministro de Salud y Protección Social, Fernando Ruiz, compartió a través de su cuenta de Twitter un documento con el que la emergencia sanitaria se extiende, nuevamente, hasta el próximo 30 de abril.

La Resolución 304 de 2022, con la que se reglamenta esto, es la primera prórroga de la emergencia que se produce durante este año y la octava desde cuando fue impuesta la medida mediante la Resolución 385 de 2020.

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