La Sala Plena de la Corte Constitucional fue citada hoy a una reunión extraordinaria para definir si se despenaliza o no el aborto y si se realiza una ampliación de las tres causales de la interrupción del embarazo en Colombia. A su vez, se discutió si en el debate participaría la magistrada y presidenta del alto tribunal, Cristina Pardo Schlesinger, quien recientemente se había declarado impedida para votar en la decisión.
“En aras de la absoluta transparencia que debe presidir el ejercicio de la función judicial, presento ante la Sala Plena impedimento para participar en el debate y decisión de las demandas de la referencia”, aseguró el pasado 10 de febrero Cristina Pardo ante la Corte Constitucional.
Este lunes, la Sala Extraordinaria negó la solicitud de la magistrada con una votación de 7 a favor y 1 salvamiento de Diana Fajardo, vicepresidenta de la Corte Constitucional. De esta forma, Cristina Pardo hará parte de la discusión de la despenalización del aborto a pesar de la recusación que pesaba en su contra.
Los argumentos de la Corporación Sisma Mujer
La declaración de impedimento de la magistrada se dio después de que la Corporación Sisma Mujer presentara una recusación en su contra. La organización le pidió a la Corte que la apartara del debate al considerar que Cristina Pardo no era imparcial frente a la decisión actual.
Sisma Mujer recordó que la jueza, cuando trabajaba en la Secretaría Jurídica de la Presidencia, durante el gobierno de Juan Manuel Santos, objetó conciencia ante el proyecto de ley que adoptaba medidas de acceso a la justicia a víctimas de violencia sexual en 2014. Según el documento de 10 hojas que presentó ante la Corte, la corporación asegura que las declaraciones de Pardo en su labor de funcionaria pública demuestran que tendría “problemas con sus convicciones morales más íntimas y con su conciencia crítica”.
En el documento también se expresa lo siguiente: “Al expresar la doctora Pardo que no podía realizar sus funciones legales como secretaria Jurídica, debido a razonamientos ético-jurídicos que tenía frente al derecho al aborto, deja en evidencia que dichas convicciones morales son de tal magnitud que afectan claramente su fuero interno y que, por lo tanto, dificultan a tal punto el cumplimiento de sus obligaciones legales, que resulta necesario que otra persona la reemplace en sus funciones”.
A pesar de los argumentos presentados por la corporación, la Corte denegó la recusación y, a su vez, el impedimento de presentado por Pardo. Según el Alto Tribunal, la ideología no puede sacar a un magistrado de un debate como este, sabiendo la importancia que tiene para el país.
Las recusaciones de Juan Carlos Henao
El debate de la despenalización del aborto ha sufrido varias demoras debido a que las recusaciones que pesan sobre otro magistrado. El conjuez Juan Carlos Henao ha recibido más de 50 objeciones en las que se pedía su exclusión del debate debido a que en el pasado se mostró a favor del aborto ante los medios de comunicación.
El pasado 9 de febrero la decisión frente al aborto se tuvo que posponer debido a que los magistrados del Alto Tribunal no lograron ponerse de acuerdo sobre las recusaciones que pesan sobre Henao. Por esa misma razón, la Corte nombró a los conjueces Ruth Stella Correa y Mauricio Fajardo, para que definir la situación del conjuez ante el debate.
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