A un mes de las elecciones legislativas en Colombia, la Corte Constitucional declaró emergencia nacional para estudiar las denuncias relacionadas con los cambios de la Ley de Garantías. La alta corte asegura que es necesario implementar la figura para así poder darle trámite inmediato a los señalamientos que hay contra Ley de Presupuesto aprobada en el Congreso de la República el año pasado.
Al inicio de una sesión realizada este 10 de febrero, la magistrada Diana Fajardo, ponente del caso, pidió que se suspendiera la norma, pero su propuesta tuvo solo tres votos a favor. Al final, en la Corte se votó por una ponencia del magistrado Jorge Ibáñez, quien pedía la declaratoria para evaluar detalladamente las denuncias, y él obtuvo tuvo seis votos a favor y tres en contra.
La Corte resalta que los magistrados no tomaron ninguna decisión adicional, pues solo acudieron a la declaratoria de urgencia nacional.
Tan solo hace un mes (el pasado 11 de enero), la Corte admitió 21 de 42 denuncias en las que se objeta el ‘mico’ que modificó la Ley de Garantías, con lo que se permitiría celebrar contratos a entidades del gobierno con entes territoriales como gobernaciones y alcaldías. Quienes se han opuesto a las modificaciones consideraron que podría derivar en el desvío de recursos para campañas políticas en plena temporada electoral.
“Con el propósito de promover la reactivación económica y la generación de empleo en las regiones”, buscando “ejecutar programas y proyectos correspondientes al presupuesto general de la Nación”, fueron los argumentos con los que se aprobó la modificación a la norma.
Las 21 demandas que fueron admitidas quedaron unificadas bajo el expediente del senador Roy Barreras, quien presentó su escrito el 21 de noviembre del año pasado. El político explicó que, “resulta a todas luces inconstitucional e ilegal reformar un artículo de una ley estatutaria, a través de la ley anual de presupuesto, pretermitiendo no solo el control previo por parte de la Corte Constitucional, sino además, la competencia que para proferir este tipo de leyes tienen las Comisiones Primeras de Senado y Cámara de Representantes”.
Las demandas admitidas fueron presentadas por los congresistas Iván Cepeda, Carlos Alberto Maya, Luis Fernando Velasco, Antonio Sanguino Páez. También se admitieron, parcialmente, las demandas presentadas por Edwing Fabián Díaz Plata, Juan Sebastián Ramírez García, Juan David Gamboa González, y la de David Andrés Luna Sánchez.
Además, también fueron admitidas las demandas de Juliana Valentina Cruz Sánchez, Valentina Álvarez Castro, Laura Montes Salazar, Angie Bibiana Burgos Fajardo, Francy Lizeth Rincón Tejedor, Henry Camilo Estupiñán Ballesteros, Karina Victoria Reyes Gutiérrez, Mile Vanessa González Estupiñán, María Paula Alvarado Niño y Danna Valentina Dallos Soto. Otras 11 demandas aún podrían ser admitidas si los accionantes corrigen algunos asuntos advertidos por el alto tribunal
Las demandas también argumentaron la inconstitucionalidad de la norma pues afectó el sistema de frenos y contrapesos, y porque habría abierto la puerta a “favorecer a algunos sectores políticos y hasta para financiar la compra de votos en algunas regiones del país”.
Todas las acciones presentadas contra el artículo 124 de la mentada Ley de Presupuesto fueron acumuladas en un solo expediente y quedaron a cargo de la magistrada Diana Fajardo. En un auto de 34 páginas notificado este martes, el despacho dijo que antes de entrar a revisar las peticiones de medida cautelar, debía pronunciarse sobre la admisión.
Cabe recordar que el 12 de noviembre de 2021, el presidente Iván Duque, al enterarse de que una jueza le ordenó suspender la modificación de la Ley de Garantías, advirtió que un juez no puede decirle a un presidente qué objetar y qué no objetar, argumentando que podría configurarse en una violación de la Constitución. Finalmente, la ley fue sancionada.
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