Así podrá consultar si es jurado de votación, habrá sanciones económicas si no se presenta

Cumplir con las labores en los centros de votación es obligatorio para los ciudadanos seleccionados por la Registraduría

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Imagen de referencia. - Colprensa.
Imagen de referencia. - Colprensa.

El próximo 13 de marzo se llevarán a cabo las jornadas de elecciones legislativas en todo el territorio nacional, en las cuales se acostumbra que varios ciudadanos sean seleccionados al azar como jurados de votación. Cualquiera puede ser elegido y asistir a las mesas de votación como jurado es una obligación, por eso aquí le explicamos cómo consultar si fue seleccionado, quiénes están exentos y qué pasa si no cumple.

En primera medida cabe recordar que los jurados de votación deben estar en las mesas de votación el próximo 13 de marzo, para las elecciones legislativas, y en las del 29 de mayo, para las presidenciales -y si es el caso el 19 de junio si hay segunda vuelta-. La selección de estos ciudadanos la hace la Registraduría Nacional y, desde este domingo 13 de febrero, usted podrá saber si hace parte de los elegidos.

Cómo saber si es jurado de votación

La consulta la podrá hacer a través del enlace infovotantescongreso.registraduria.gov.co/ o instalando la aplicación InfoVotantes Congreso en los teléfonos móviles; solo deberá ingresar su número de identificación y este le arrojará los datos de si es jurado y su puesto de votación. Además, en el caso de las diferentes ciudades del país, los habitantes también podrán consultar esto en las sedes de la Registraduría y las alcaldías.

Por ejemplo, en Bogotá, esta información se puede consultar en la Alcaldía Mayor, ubicada en la Plaza de Bolívar.

¿Quiénes pueden ser jurados de votación?

Tenga en cuenta que, por norma general, todo ciudadano entre 18 y 60 años puede ser designado como jurado de votación. Además, pueden ser seleccionados todos los colombianos que sean empleados de entidades públicas, privadas, estudiantes, o integrantes de movimientos políticos o de los partidos mismos.

Las labores de estas personas normalmente son:

- Atender a los votantes

- Manejar el material electoral

- Vigilar las urnas

- Diligenciar los formularios

- Realizar el conteo de los votos en cada mesa de votación

Cabe recordar que ser jurado de votación también implica asistir a las capacitaciones que se programan con anticipación días antes de que se lleven a cabo los comicios.

¿Cuáles son las sanciones si no cumple con su función de jurado?

De la misma forma, tenga en cuenta que si usted es seleccionado como jurado de votación, hay sanciones por no cumplir con su labor y no presentar una excusa válida. Si es un funcionario público, puede ser destituido de su cargo; mientras que si no lo es puede tener una multa de hasta 10 salarios mínimos legales vigentes (es decir, $10.000.000).

¿Quiénes no pueden ser jurados de votación?

Solo están exentos de esta labor los que no estén entre el rango de edad y los funcionarios de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, las primeras Autoridades Civiles en el orden Nacional, Seccional y Municipal, funcionarios de tareas electorales, miembros de las Fuerzas Armadas, operadores del Ministerio de Comunicaciones, Telecom, Empresas de Teléfonos, funcionarios de la Administración Postal Nacional, miembros directivos de los Directorios Políticos, candidatos y parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil del Registrador Nacional, Registradores Distritales, Municipales o Auxiliares, ni de los Delegados del Registrador.

¿Hay beneficios por ser jurado de votación?

Está establecido en el artículo 105 del Código Electoral que “los ciudadanos seleccionados como jurados de votación tiene derecho a un día de descanso compensatorio remunerado”. Este día “puede hacerse efectivo dentro de los cuarenta y cinco (45) días siguientes a la fecha de la elección”.

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