Vuelven a suspender el debate del aborto en la Corte Constitucional

Los conjueces Ruth Stella Correa y Mauricio Fajardo deberán resolver las recusaciones contra Juan Carlos Henao

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Personas en favor del aborto
Personas en favor del aborto legal se manifiestan frente a la Corte Constitucional, en Bogotá (Colombia), en una fotografía de archivo. EFE/Mauricio Dueñas Castañeda

Se esperaba que el debate sobre la despenalización del aborto en Colombia se retomara este 9 de febrero, sin embargo, la Corte Constitucional anunció que el proceso tuvo que ser suspendido nuevamente. En la Sala Plena del tribunal los magistrados no lograron ponerse de acuerdo sobre las recusaciones que pesan sobre la magistrada Cristina Pardo y el conjuez Juan Carlos Henao.

“La Sala Plena de la Corte Constitucional sorteó 2 conjueces para decidir sobre la pertinencia de las recusaciones contra el conjuez Juan Carlos Henao, dentro del Expediente D-13856 (aborto). Resultaron sorteados Ruth Stella Correa y Mauricio Fajardo. En consecuencia, dicho caso quedó nuevamente suspendido”, informó el tribunal.

Por un lado, Pardo fue recusada por la corporación Sisma Mujer, que recordó que la jueza, cuando trabajaba en la Secretaria Jurídica de la Presidencia, objetó conciencia en un asunto que involucraba el aborto. La magistrada aceptó el hecho y explicó las razones de su actuar, pero aún así, se declaró impedida para intervenir en el actual debate.

“Aunque el problema jurídico propuesto en las demandas que se tramitan en los expedientes de la referencia no se dirige a debatir lo resuelto por la Corte Constitucional en la Sentencia C-355 de 2006, sino que persiguen su despenalización total, algunos ciudadanos podrían inferir que de la objeción de conciencia presentada por mi en el año 2014 puede concluirse que frente a lo que solicitan los demandantes en esta ocasión yo tendría una posición negativa, derivada de un supuesto interés moral”, dijo Pardo.

En cuanto a Henao, sobre él pesan la mayoría de las recusaciones. El funcionario ha recibido más de 50 objeciones, pues en el pasado ha hecho evidente su posición a favor del aborto, por lo que no se considera un ente parcial.

A pesar de esto, sobre una de las recusaciones contra Henao no hubo acuerdo. Al discutirla, esta terminó en una votación de 4 - 3, por lo que no se alcanzó el quórum decisorio, y es necesario llamar a los conjueces Ruth Stella Correa y Mauricio Fajardo para definir este asunto.

Una vez se defina el tema, se podrá volver a abrir el debate de la despenalización del aborto en Colombia.

Se deberá fijar una sesión para volver a debatir el asunto, pero esta todavía no ha sido definida. El magistrado Rojas Ríos señalÓ que se debe agilizar el proceso, pues su estadía en el alto tribunal es hasta el próximo 22 de febrero, cuando cumple su periodo de ocho años y deberá abandonar el cargo.

Hay que recordar que el pasado 20 de enero la Sala Plena de la Corte Constitucional votó sobre la despenalización del aborto y la decisión quedó en empate con cuatro magistrados a favor y cuatro en contra. El noveno voto hubiese sido del magistrado Alejandro Linares, pero este fue separado del debate por un impedimento que presentó al referirse sobre el tema del aborto en un medio de comunicación.

A favor de la ponencia que despenaliza el aborto votaron los magistrados: Alberto Rojas, José Fernando Reyes, Antonio Lizarazo y Diana Fajardo. Mientras que en contra de despenalizar, votaron Cristina Pardo, Paola Meneses, Jorge Ibáñez y Gloria Ortiz.

El 25 de febrero de 2021, la Sala Plena eligió, por unanimidad, a los 18 conjueces que, en caso de empate o falta de quorum necesario, tendrán la responsabilidad de participar de la deliberación y votación de las decisiones para el periodo comprendido entre el 1 de marzo de 2021 y el 28 de febrero de 2022.

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